Violence

14 REGENERACIÓN.
ca de condiciones libremente estipuladas, TROPELIAS bien se comprende que cuando el Estado EN SINALOA.
contrata, no manda, sino que ofrece dar o hacer algo en cambio do otra cosa.
Las cuestiones que surjan sobre el alcance de Dos inteligentes Abogados, Alejandro la obligación, sobre los efectos que se han Buelna y Herlindo Elenes Gaxiola, so producido puedan producirso, serán cues han servido visitarnos y hacemos conocer tiones entre dos personas jurídicas, es de un folleto que constituye su defensa.
cir, entre dos seres individuales sociales, Estos dos valientes Abogados, son viccomo capaces de derechos y obligaciones. timas de la tirtnica administración del GoEn esta situación, no lo es permitido la neral Cañedo. Publicaban en Caliacán un Administración provalerse de su carácter periódico titulado «La Regoneración de de autoridad y poner al servicio de sus in Sinaloa, en el que apareció un artículo tereses, sus atributos de fuorza y sus fa considerado como injurioso la Adminiscultados coorcitivas, porque ollo oquivale tración de Justicia, por el susceptible Proá ejercer violencia para reclamar sus dere curador General del ramo. Decian los páchos cao bajo la consura del art. 17 Cons rrafos denunciados dol referido artículo: titucional, on que se debió haber apoyado «Qué puedo decirse, en el Estado, de la la Suprema Corte para conceder el ampa Administración do Justicia? Indudablero, que con evidente justicia, solicitaban mente que muy poco bueno. La adminislos Sres. Arce y Comp. Se violó también tración de justicia, siempre que el Sr. Gral.
el art. 14 de In Constitución, porque la ley Cafodo ha sido Gobernador del Estado, tiono fué oxactamonto aplicada al caso deba ne su calvario después de un angustioso tido, por una autoridad competente. viacrucis. a La sociedad toda se lainenta de la falta de garantías y todos se excusan de llevar sus cuestiones ante los tribunales por falta de confianza. Más todavía, en Sinaloa la justicia adoleco de otro inconveniento, y quizá sea el más gravo: que el Sr. Lic. Rafael Cañcdo, hijo del Sr. Gobernadr, litigus en los tribunales dol Estado. La Sociedad clama las personas que pagaron nuestro giro Justicia y se lialla verdaderomonto alarpor el trimestre de Agosto Octubre de mada, al presenciar, como lo está preseneste ano, les giramos ahora únicamente por ciando, quo abogue el joven Cañedo, y la los meses de Noviembre y Diciembre para alarma es de todo punto fundada, porque comenzar el año entrante girar por sus es lo mismo que si viera litigar al Sr. Gral.
trimestres naturalee.
Canedo. Qué Juez podrá pronunciar sus las personas que pagaron nuestro giro fallos imparciales, sabiendo que una de las por el bimestre de Soptiembre y Octubre partes ostá ropresentada por el hijo del Sr.
de este ano, los giramos nuevamento coino Gobożnador. los primeros, osto es, por Noviembre «El Jaez Lic. Aviñn fué el que llevó la Diciembre, para comenzar también palabra (en el banquete) en nombre del Pomostres ol atio entranto.
der Judicial y brindó por la buena admiA las personas que han recibido desde nistración do justicia quo hay en el Estaol númoro 9, les giramos por ol trimestro do, principalınente des do que el hijo del de Octubre Diciembro próximo, conti Gobernador es litigante y jamás ha perdinuando después girándoles por triinostres. do un pleito.
Por último, a las personas que reciban Esos párrafos espolearon la susceptibilidel número 13 en adelante, loss giranios por dad del Procurador (le Justicia y lo obliol bimestre de Novionbre y Diciembre, pa garon denunciarlos corro injuriosos. Con ra comenzar el año entrante por trimestres. la denuncia, vino ese cortejo do tropelias NOTA. Saplicamos atentamento a las tan usadas ya: se aprehendió los redactopersonas contra quiones giramos. no res res, los cajistas, al editor responsable y paldon nuestras libranzas con la nota do de paso (toque burdo de ose atentado) que cuando reciban leterminado número una persona que casualmente había llegaque no se les ha ronitido, cubrirán el im do al lugar del suceso. Mas todavia, la aiporte de la subscripción, puos pueden cu toridad que conocía del proceso, el Juez brirlo y escribimos acerca de eso asunto, de Instancia de Culisan, llovóse las con la seguridad de quo serán atendidas prensas, las cajas de tipos y otros útiles sus quejas con toda escrupulosidad. del establecimiento. nuestros subscriptores por tri