Hermanos Flores Magón

AO 1: EPOC. México, SEPTIEMBRE 15 DE 1900.
Tomo NÚM. Regeneraciónza WOLJYNYIALOI1917 PERIÓDICO JURÍDICO INDEPENDIENTE.
La libertad de impronta no tiene más Cuando la República pronuncie su voz wites, quu el respeto a la vida prinda, NOBC1200, veri forzoso someterse di.
poral y lo públic.(Art.
mitir.
e la Consti vion. GAJICETTA.
DIRECTORES: Lic. Jesús Flores Magón. Lic. Antonio Horcasitas. Ricardo Flores Magón.
Oficinas: Centro Mercantil, zer. piso, núm. 20. Aléxico, Teléfono 264.
Ndministrador: Ricardo Flores Magón. 50. 05 eil 090 CONDICIONES.
delitos que se cometan por medio de la inprenta, serán juzgados por los Tribunales REGENERACIÓX. sale los días 7, 15, 23 y último du cada mes, to precios de subscripción son: competentes de la Federación por los do Para Capital, trimestru adelantado.
los Estados, los del Distrito Federal y Tel ara los Estados, id.
Para el extranjero, id, id. 00 rritorio de la Baja California, conformo la Nimeros sueito, I5 ctvs. Ndineros atrasad us. 25 ctvs.
legislación penal, deben ser juzgados los Se entenderá aceptada la fubscr ju tón, en caso de quo no se de vuelva el periódico y so girará por el importe de un tri ncatra periodistas con el extrecho cartabón de la lng agentes ne les abonará el 15 por ciento.
legislación común. Si dicen que el Jucz filNo bc cruclren crigina ee.
Para 11. any cios en el perfilica, pidausc tarlies. lano el Magistrado zutano venden públicainente la justicia y al mejor postor, dolion ser considerados como reos de difamavión calumnia.
Esta argumentación forzada e inmoral La Prensa y la Ley tiendo destruir el sabio principio dol art. de la Constitución, y dar mayor auge la impunidad, quo continuar así, nos «La libertad de imprenta no tiene más veremos algiin día sujetos un proceso por límitos que ol respeto la vida privada, ataques la libertad del comercio, cuando la moral y la paz pública. Art. 7º. do digamos que algún Jucz vendo públicamen. la Constitución. to la justicia.
La iinpunidad on ol ojercicio de una funLa roforma de 15 do Dayo de 1883, no ción pública se traduciría on el relajamion destruyó el principio de absoluta libertad to do nuostras instituciones. evitar os de imprenta, sancionado por los liberales ta deformidad social está dirijido ol art creadoros de la Constitución de 57. Esa eEl modio para realizarlo, os la Pronsa, forma significa únicamente la supresión La Prensa guarda on nuostros días una del fucro de que gozaban los escritores púsituación procaria. Se ahogan siis manifes blicos; pero jamás pudo significar la estacionos por tomor al oscándalo, a posar do tricción toda denuncin de actos ilegales ser inás escandaloso el ejercicio do actos cometidos por funcionários. En vez do juzpunibles que se guardan en el secreto do garso los delitos do impronta por un jurauna complacencia funesta. Para llegar os do quo califique cl liocho y por otro que te extrorno, se ha torturado la interpreta apliqne la loy y losigne la pona, serán juzción de un principio constitucional. gados por los Tribunales competentes de So argumenta en estos términos: Desde la Fodoración de los Estados. So modifiel momento en que el art. 7º Constitucio có el procedimiento, pero no el principio.
nal fué reformado en el sentido de que. los Esto subsiste en todo su vigor, amplio y