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REGENERACION Además, las bases para la exis: rería Municipal cuenta con una entencia de todo delito son que en el tradą mensual de más de cien pepresunto responsable haya perversos, debidos la arbitrariedad del sidad morai, intención dolosa juez aludido.
propósito deliberado de perjudicar Sabemos que cuando alguna de a otro, circunstancias que deben las personas obligadas a pagar alexistir para que se presuma el de guna de las multas impuestas se lito y se persiga debidamente.
dirige al juez que la impuso esti No teniendo en cuenta estos re hecha una fiera contesta con esta quisitos, muchos jueces, obrando argumento: si habla vd. un placon lijereza, creen sujetarse al car bra más tiene cinco pesos de mul tabón de la ley procediendo contrata y ante argumento tan condun inculpado por difamación, sin dente, y no habiendo lugar vplitener la prueba plena de que dicho ca por el temor de ver acrecentarinculpado haya obrado dolosa se la multa impuesta, la mayoría mente y de que la parte actora tenla parte actora ten de los ultrajados con este proceliga verdadera personalidad legal, imiento, optan por abandonar el pues el delito de difamación, por pueblo aludido antes que verse dessu verdadera índole, afecta, no a pojados por este procedimiwito del una personalidad indefinida inescaso producto de su trabajo, qur determinada, sino unr. yo psíqui en último análisis y inediante lits co; no a la honra que se adquiere maquinaciones del juez Cárdens, accidentalmente, sino al honor que viene a parar el tesoro mīnicipal.
se adquiere por naturaleza, como Sería muy bueno, recordar extes atributo del alma.
juez que en épocas anteriores no. Viario del Hogar. hacía uso de tanta arbitrariumit y que recuerde quo al :ntrepiral juzgado al Sr. Gregorio Garzi CINCO PESOS la Tesoreria Municipal, en el rain de multas no iba de lo mejor. Por una Palabra. sar de que no hubiera sido así. xi él no hubiera tenido un olvido que quizá los hubiera puesto a muxor Este es el lema que ha adoptado, altura.
y el procedimiento que ha escogido el juez local de Castaños, Coahui riendo suple la faſtas del sacristín El juez que non veni mox ruli.
la Benigno Cárdenas para aterro del templo, y suponemos que murizar a las personas honradas de aquella población que se han visto faltas del juez en su juzgailo, sien.
chas veces el sacristán supliri liis. obligadas a emigrar para evitar la do esta la causa por la que las o.
inquina de este juez arbitrario y yes de Reforma andan por los suedéspota: Parece que el referido juez se ha los en aquella población, propuesto enriquecer a toda costą Sería prudente que el Governitla Tesoreria Municipal de Casta dor Cárdenas se fijase en las ños, pues no se cansa de imponer nalidades que elige para el desuninultas a sus habitantes por el mos peño de la administración réjustitivo más fútil, ut grado de que cia, pues con jueces como Chips, cuando ha estado al frente de di su tocayo, para quienes cida pelako.
cho juzgado alguna persona de bra en defensa de un derecho viorecto criterio, los ingresos por mul lado importa una multa de cinco tas eran poco más o menos que pesos acabará por despoblarse su Dulos, y en la actualidad la Tesc insula ya tan agobiada con los fue person