4 REGENERACTON, dos fundamento y no hubiése otros en que apoyar el referido fallo.
Acusación contra el Juez de Venado 1 Hace pocos días decíamos que Mateo La denuncia del López, con plausible valor civil, había acusado al Juez de Letras de Venado ante el Gobernador Cantón.
Tribunal Superior de San Luis Potosí y que dicho Tribunal resolvió que no había La Suprema Corto de Justicia de la Na dolito que perseguir. En vista de esa resoción, acaba de dar otro ejemplo de plausi lución el Señor López ocurrió en amparo ble independencia, al revocar por unanimiante el Juez de Distrito de dicha Entidad dad de votos el auto del Juez do Distrito Federativa.
de Yucatán, que nogó al Sr. Ing. PrimitiLos Capítulos de acusación formulados vo Peniche la suspensión del acto reclainado on el amparo que esto señor promovió por el Señor López son los siguientes: Pedro López murió en San Luis contra su arbitraria prisión originada por Potosí y los herederos denunciaron el indenuncia del (obornador Cantón.
testado ante el Juoz de lo Civil. Al El Sr. Ing. Penicio era Director de El Juez de Venado disgustó ese procedimienEco dal Comercio, periólico que con honrato, y funcándose en una esquela de duelo, dez, onergía y vigor, atacó los escandalosos recibió información do la muerte de Pemanejos de los jugadores de Mérida y la dro López, y se avocó el conocimionto complacencia del Ciobiorno del Estado.
del intestado.
La actitud de la Suprema Corto os dig El Juez de Venado obró ilegalmente, na dol aplauso (le los buenos ciudadanos, porque la base de su procedimiento fué porque en este caso ha juzgadlo sin preocn una esquela que no hace fé públicn, esipaciones y nada lo ha importado la perso giendo la ley quo la base de esos procedinalidad del Liubernailor Cantón, procuran mientos sea el acta de dofunción. Además do tan sólu proteger las pārsonas que son si el intestado so habia denunciado ya anvíctimas de atentados que todo el mundo te el Juez de San Luis Potosí, éste era el reprnoha y qu0 por no sabemos qué fatalos competento por haber habido sumisión excircunstancias, las mis de las vecos, que presa de las partes. art. 155 en relación dan buladas las víctimas sin oirse las pro con el 134 del Código de Procedimientos testas de los hombres honrados.
Civiles del Estado) y el Juez de Venado Las autoridados do Yucatán 110 deben no pudo declararse competente sino insestar muy satisfechas con el reproche de la tancia de parte (art. 179) y previa la subsCorte, porque la suspensión que acaba de tanciación legal.
conceder um periodista honrado, significa Aparecía de la información recibida por que según el ilustrado criteris de ese alto el Juez de Venado, quo había un cónyuge Tribunal, no son bien considerados sus ma superstite hijos legitimos, y pesar de nejos.
ello, decretó desde luego la intervención Muchas de esas lecciones necesitan esas de los bienes del intestado, sin dar audienautoridades y otras muchas, como algunas cia los herederos, y pesar de que al node Veracruz, que persiguen hasta el terror tificarse al representante del Fieco del Esá los perio:listas honradɔs y se solazan tado, éste dijo que se abstenia de procon la impuni lail do quo gozan los tahumovor porque había sabido que en la Capital sc ostaba tramitando el juicio hereditaExaspor. in es vs ata juos las garantías rio y arreglándose el interés fiscal. El Juez individuales, q110 iugo roprimir severamen llevó adelante su determinación efoctuan.
te consignando las autoridades rosponsa do lo que él llama intervención, consistente bles para que sean castigadas con todo el on cerrar una panadería y una tienda, con rigor de la ley, una cédula que docía «Clausurado, quoy r ON,