18 ROGENÉRACIÓN.
ma diforencia que hay entro el oncarcela riosamente las locas pretensiones do los miento y la libertad. Con Prefectos de reivindicantos.
criterio tan rudo, de teorías tan extrañas, Pero ol Tribunal do Mazatlán nu obodode procedimiontos tan primitivos, los ha ce los sanos principios jurídicos, y su cabitantes de Ario de Rosales estarán suje pricho tacha títulos perfectos y eleva a la tos siempre a la incertidumbre de un de la categoría de indiscutiblos los deficientes pósito decretado por la autoridad política inseguros que prosentó el Lic. Choza.
malhumorada y quisquillosa.
Ya indicamos que este Abogado es hijo Nos permitimos llamar la atención sobre politico del Gobernador, lo que hace sosel particular al Sr. Gobernador del Esta pechar que los tribunales sinaloenses no do, para que procure alejar de su adminis mostrarán mucha imparcialidad en los notración esos depositarios quo, en vez de gocios on quo intervenga dicho letrado, y contribuir al progreso de una entidad fe quizá ollo se debeel desastre de ese asunderativa, pueden conducirla al despres to on Sinaloa. Esto es un cancer en la adtigio.
ministración cañedista. Por una parto litiga el hijo del Gobernador, Por la otra, litiga ol yerno. Contra estas dos personalidades no habrá litigio posible, porque El Tribunal sinaloense. tampoco habrá funcionario judicial que revelo independencia, con perjuicio de sus intoreses vinculados en las partidas dol Hace ya algún tiempo que se está tra presupuesto.
mitando en los tribunales de Sinaloa, una Afortunadamento, la Suproma Corte ha demanda reivindicatoria promovida por volado y seguirá velando por los intereses María Engracia Murúa viuda de Choza de los Sres. Espinosa y socios. Tan luego y el Lic. Manuel Choza, hijo político del como se fallo por el Juez do Distrito el Gobernador do eso Estador contra Tri amparo promovido contra la ojecutoria del nidad Espinosa y socios. Ese juicio ha dla Tribunal, la Suprema Corte concederá, indo origon multitud do incidentes, pordi dudablomente, ol amparo los quejosos.
dos para los demandados en los tribunaY sorá enviada la ejecutoria la autoriles sinaloensos, pero obtenidos por los dad responsable para que, coludida con el mismos cuando la Suprema Corte de Jus Juez de Distrito, la cumplimente después ticia ha destruído todas las irregularidades de largos años.
vioiosas de las actuaciones.
Esos tribunales violadores de garantías, como la Corte se los ha demostrado en más de una ocasión, han hecho prosperar la corruptelas judiciales, reivindicación antedicha, a pesar de que los actoros no han presentado título alguno por el que aparezca comprobada su propiedad sobre las Salinas do Chametla.
Un auto tan vano insubstancial como Los juicios roivindicatorios, para que el de «dése cuenta con los autos. es el prosperen, necesitan, forzosamento, estar usado por algunos de nuestros Jueces fundados en títulos que comprueben ple cuando acuerdan «hágase saber el personal namente el derecho del reivindicante. Sin del Juzgador.
ese requisito indispensable, los Jueces es Este auto ilegal significa una rémora de tán obligados resolver en contra de tales la admihistración de justicia, y. un núme reivindicaciones y más aún, como en el ca ro más en las cloróticas listas de acuerdos 90 del Sr. Espinosa, cuando los demanda del Boletin Jadicial.
dos presentan títulos que comprueben ple El Juoz que no trabaja, porque no comnamente su dominio, destruyendo victo prendo su deber o porque es impotente