14 REGENERACIÓN. GAGETILLA.
dad de que habla Vallarta y eso seria el las oposiciones son admitidas hasta el mofundamento del amparo que tendría dere mento de expedirse el titulo; pero con licho de promover el contribuyente, basán mitaciones que no es posible trasponer. En dose en el artículo 31, fracción II, en rela efecto, las oposicionos ante la Secretaria ción con el 27 de la Constitución.
de Fomento deben presentarse documentadas, es decir, con las praebas necesarias que la funden, fin de que el Ministerio Sr. Roberto Huesca Mendieta. Oaxaca. pueda tomarlas en consideración y ordenar Concuerdan las observaciones de Ud. con no la suspensión de la expedición del tínuestra opinión profesional sobre el punto tulo. Sin ese requisito, las oposiciones anque se sirve consultarnos, por lo que acep te la Secretaría no prosperan y el título se tainos su patrocinio ante la Socretaria de expide a pesar de ellas.
Fomento.
No encaja en los límites de esta consulEl notable desarrollo de la minería en ta examinar si es científicamente correcta Oaxaca, traerá consigo dificultades como la no la teoria que patrocina la Secretaria que se sirve consultarnos, y fin de evitar de Fomento. Presentamos Ud. el caso dilaciones y perjuicios, es forzoso conocer práctico, tal y com) se observa y puedo la práctica que en la Secretaría de Fomen serle útil.
to se sigue en los diversos casos.
La oposición de quo Ud. nos habla, no se ha presentado ante la Agencia de Mineria dentro del término de cuatro meses, que se refiere el art. 26 del Reglamento de la Ley Minera. Ese plazo es la traducción, EL JUEGO EN ZACATECAS. No en forma positiva, de una necesidad de or bion terminó la a:lininistración del Gral.
den que se impone en todos los ramos de la Aréchiga en Zacatecas, que parecía se herAdministración. Tiene por objeto evitar manaba perfectamento con ese cáncer social que el denunciante de pertenencias mine llamado juego, la Jefatura Política de la Tas, sufra en cualquier tiempo la amenaza Capital do ese Estado ha hecho circular una de alguna persona que, sin motivo con 61, hoja impresa, en la qus manifiesta que sienquiera oponerse la concesión. Si después do obligación de la autoridad política ede transcurrido el término para la oposi primir con todo rigor los juegos prohibición, se presenta alguna, el Agente debe dos por la ley, recuerda al público, para desecharla de plano, porque si el opositor que sean estrictamente observados, los descuida presentar su oposición en tiempo arts. 869, 871, 872 y 877 del Código Penal, logalmente oportuno, si por ignorancia, iguales al del vigonte en el Distrito Fedeabandono cualquier otro motivo, no oou ral, en la inteligencia de que los contravenrre dentro del término hacer valer sus toros serán castigados con las penas que derechos en la vía administrativa, no debe dichos preceptos sefialan.
por ningún motivo tutorearsele, aplaudien Ojalá que en toda la República se dictado su ignorancia abandono, con la adipi ran disposiciones semejantes, sobre todo sión de una solicitud que debió presentar en los Estados de Veracruz y Yucatán que se en un término que tiene el carácter de han tomado el aspecto de inmensos garitos.
improrrogable. art. 21, frac. III, del Reglamonto de la Ley Minera. Además, con la falta de presentación do la oposición en el próximo número término, los denunciantes tienen un đeroque contendrá asuncho adquirido que no puede destruirse. tos de palpitante interés.
Las oposiciones ante la Secretaria de Números sueltos. 15 ctvs.
Fomento revisten otro carácter. según la atrasados.
práctica seguida en dicha Secretaría, Aquí BÚSQUESE 25