10 REGENERACION. tencia de amparo, son actos contrarios la Constitución y no pueden subsistir. Inquisidores en el Además, cuando la ejecutoria de amparo abarcó toda la sentencia del Tribunal Estado de Cantón.
Superior, considerándola violatoria de la Constitución, el Tribunal está obligado D. Jesús Domínguez Fuentes, Juez pronunciar nueva sentencia absolutamente de Paz suplente del pueblo de Abalá, Yuen el sentido de la ejecutoria de la Corte.
Entonces, el Tribunal tiene el carácter de catán, tuvo un disgusto con un tal Secundino Ayala, cacique de la localidad, y comoro ejecutor, que está ejecutando la senmo el primero castigara las injurias que lo tencia de amparo hasta pronunciar su nueva sentencia de acnerdo con ella. En este ca do con Fernando Sosa, Juez de Paz, y propinó el segundo, éste se puso de acuerso, el ejercicio de su jurisdicción está socon un Capitán de la Guardia Nacional metido los preceptos de la ley de ainparo, llamado Felipe Ayala, para pegarle al Sr. las recusaciones y excusas son actos que Fuentes doscientos cuarenta y cinco palos.
ontorpecen el cumplimiento de la ejecuto.
Al efecto, el Juez Fernando Sosa, redul ia dentro del término legal.
jo prisión al Sr. Fuentes y después lo saEl escrúpulo de los Magistrados do los co do su calabozo para flagelarlo ignomiTribunales locales consiste en que, si no se niosamente, en presencia de los Jueces de excilsaran, fallarían en contra de su opi Paz y del Presidente Municipal Pedro nión. Los impedimentos, recusaciones y Marcial Alvarez excisas, que son medidas muy jūstas en El Sr. Fuentes ha presentado su querelos casos en que dichos Magistrados tuvie Ila ante la autoridad judicial de Mérida.
sen libertad de acción, no tienen razón de Estos hechos son escandalosos y revelam ser cuando la Corte en la ejecutoria marca que los yucatecos, tienen como los veraal Tribunal la resolución quo debe dar, y cruzanos, ciertas autoridades que en lugar al ser meros ejecutores esos Magistrados, do cuidar el decoro que debe tener toda sas oscrúpulos do hombres están salvados autoridad, se valon de sus puestos para vecuando su obligación de Magistrados les jar los ciudadanos, dando espectáculos impone seguir determinado camino.
salvajes en las postrimerías de este siglo Estos principios han sido llevados la con mengua de la civilización.
prictica por dos inteligentes y aventajados Está comprobado que las administracioConstitacionalistas, los Sres. Lics. Emilio nes de Dehesa y Cantón, personalidades Volasco y Fernando Vega, en asuntos di impuostas los veracruzanos y yucatecos, versos. Los Juecos de Distrito quienes son las más malas que han tenido dos Esse han expuesto, las han acogido, equirien tados, que por sus riquezas naturales ilusdo los Magistrados de Zacatecas y Dutración de sus ciudadanos, son merecedores rango respectivamente, que cumplan con aspirar una honrada y recta Administrala ejecutoria de la Corte, pronunciando ción de Justicia.
nueva sentencia. El procedimionto ng tué del agrado del Tribunal de Zacatecas, por lo que se quejó de él la Corte, la que aun Do resuelve sobre dicha queja.
Haremos conocor oportunamente nues.
tros lectores la resolución de la Corte, pues todas las personas que se sirvan La ponemos disposición de se trata de un asunto de vital importan consultarnos alguna cuestión de cia, que abarca vastos intereses paralizados derecho, ya sea que ella surja, por culpa de los Tribunalos locales. no, en la secuela de un juicio.
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