10 REGENERACION.
Litución, y que, por ende, las autoridades do esla Ciurlad, on donde ofrecen al públijudiciales de Jalisco que han conocido de co sus servicios profesionales en materia esto negocio, han violado ese artículo, con civil, ponal, administrativa, tederal y en lujo de arbitrariedad y despotismo. asuntos de notariado.
Solamente reforiremos un dato curioso Deseamos nuestros amigos muchas que demuestra el corto alcance intelectual prosperidades en su nuovo despacho. No y la carencia do ilustración, do los Juecos dudamos que progresarán, si se tiene en y de lo Criminal que conocen do la consideración la suma de ostos indispenquerella presentada por el Lic. Pérez er sablos elementos para la lucha profesional: día, en nombre de un tal Blevit. actividad, inteligencia y honradez.
Los Sres. Lic. Leopoldo Valencia, Direc Los jóvonos mencionados reunen amtor do El Paladin, y Cipriano Covarrů pliamente esas cualidades.
bias, Redactor en jefe de Jalisco Libre, fueron puostos on libertad bajo do fianza antes do qac so cumpliesen las 72 horas, Ratificación.
dentro de las que los referidos funcionarios debían dictar el auto de formal priArio de Rosales, Febroro tlo 1901.
sión. En consecuencia, conformo al art.
Señoros Directores do «REGENERA238 del Código do Procedimientos Penales, CIÓN. México, bastaba para continuar el procedimiento, Muy Sefloros nuestros: ol auto que oncabezaba el proceso, sin neEn el número 24 del Periódico «REcesidad de decretarse la formal prisión de GENERACIÓN. que dignamente dirigen los acusados, Uds. correspondiente al último de Enero Pero los Jueces referidos ignoran la exis del aio actuat, vimos un párrafo relativo tencia de ese procepto legal, lo que los con Don Luis Talavera. ex apoderado de vadajo declarar formalmente presos los a rios parcionoros de la hoy extinguida cocusados, cuando estaban ya en libertad ha munidad de indígenas de esta Villa. quien jo do fianza!
se ha negado entregarnos varios docuEs sensible que egos Juasos no conozcan, montos relativos nuestros negocios, ya la por lo nuenos, los precoptos logalos claros rondición de crentas del valor de unos tey terminantos. Serú de verso qué de tri rrenos que vendió, de la misma comunidad.
hulaciones sufrirán cuando el texto legal como los hechos referidos por Uds. son sca obscuro y precise aplicar las reglas de enteramente ciertos, no vacilamos on dirigirinterpretación para descubrir el ospiritu les la presente, para ratificar su informadel precepto.
ción, sobre que en unión de otros partioiDecididamente, Jalisco camina la ban. pes elevamos in ocurso al Supremo Tricarrota. Con malos gobernantes y malos bunal de Justicia de este Estado, con leJueces, los pueblos más vigorosos sucumcha once de Septiembre del afio antorior, ben.
acusando de robo y abuso de confianza al citado Talavera, cuyo escrito fué remitido para la averiguación correspondiente al Nuevo despacho.
Senior Juez de 14 Instancia de esta Cabocera; y viendo que no so nos daba a conocer el resultado de nuestra petición, ocu.
Los Sres. Lics. Agustín y Constantino rrimos por segunda vez a aquella superioCansoco, Avelino Gavaldón y Notario Pú. ridad con fecha diez y ocho de Octubre blico Ramón Costo González, un grupo de del mismo aiio, por medio de otro ocurso, jóvenes inteligentes y activos, se han ser siempre on demanda de justicia, y no obsvido anunciarnos en atonta y eleganto es tanto ésto, el Sr. Juez nos ha retardado si quela, que han establecido su despacho en protección. Con posterioridad, el dia ca.
a casa número de la calle de Donceles torce de Enero del aio actual, los Sres. Ca