REGENERACION 13 nuestros subscriptores.
rocido que dicho Juez había tenido en la xico, preocupándose de la situación desasprisión los hormanos Monroy, durante trosa que guardaba el Distrito Judicial de siete dias, sin decretar la formal prisión Tlalnopantla, ha nombrado al Sr. Lic. Emicontro del término Constitucional.
lio Téllez Julez de Instancia do eso luSeria muy conveniente que se evitasen gar. Al Juez anterior lo envió Tenango on lo futuro, estos repugnantes espectácu del Valle.
los que violan garantias individuales. Croemos que con ese cambio, concluirán las especulacionos indecorosas, que ya homos denunciado, y que se entregaban algunos de los emploados do eso Juzgados pues sabemos qne el Sr. Lic. Téllez llevó consigo sus empleados, entre los que hay jóvenes honrados y laboriosos.
Los antecedentes científicos del nuovo Juez son bien conocidos on esta Capital. las porsonas quo pagaron nuestro giro Hizo sus estudios con aprovechamiento en por el trimestre de Agosto Octubre de nuestra Escuela de Jurisprudencia y siemexto arī. los giramos ahora únicamente per pre se ha distinguido por su honradez y su lo; inoses de Novieinbre Diciembre para ainor al trabajo. Su juventud y energia liacomenzar el aſło entrante girar por sus rán quo florosca ese partido judicial, tan trimestres naturales.
decaído tan dosprestigiado. las personas que pagaron nuestro giro por el bimestre de Septiombro y Octubre SECCION DE CONSULTAS do oste año, los girainos nuevainonte coino los primeros, esto os, por Noviombre y Diciernbro, para comenzar también por triSr. Andrés Rodriguez. San Luis mostres el año entrante.
Potosí.
Consulta Ud. si el incidente de nulidad las personas que han recibido desde ol número 9, les giramos por el trimestre de lo actuado puede promoverse aun dosdlo Octubre Diciombre próximo, conti pués do que se ha dictado sentencia dofin! ando después girándoles por trimestros.
nitiva.
Por último, las personas que reciban Opinainos por la afirmativa. La ley, al del número 13 en adelante, les giramos por ficaciones en forma, no distingue entre el autorizar oste incidento por falta de noticl bimestre de Noviombre y Diciembre, para comenzar el afío entranto por trimes tiempo anterior la sentencin quo se dicto tres.
on el juicio en que se haya causado esa nuNOTA. Suplicamos atentamente a las lidad, y el tiompo postorior dicha sentenporsonas contra quienes giramos, no res distinguir. Además, el espíritu y la tradicia. Donde la loy no distinguo, no dobonos pillon nuestras libranzas con la nota de quo cuando reciban deterıninado númorosión. Antiguamonte so entablaba solo coción do esta ley autorizaji nilestra concluque no se los la remitido, cubrirán el in mo acción directa on contra de la sontenporto do la subscripción, pues pueden cu cia. Bajo el imperio de aquellas doctrinas brirlo y escribirnos acerca do ose asunto, se estableció el recurso do nulidad, siendo con la seguridad de quo serán atendidas sus quejas con toda escrupulosidad.
uno de los motivos principales de esta, la falta de emplazamiento. Mucho so discutió en la jurisprudencia, sobre si el recurso NUEVO JUEZ DE TLALNEPANTLA. de nulidad dorngó no las leyes antiguas, quo ostablecían el procedimionto para Se nos la comunicado una agradable no pedir nulidad, por via de acción excepticia. El Sr. Gobernador del Estado de Mé ción ante el mismo Juez quo dictó la sen