REGENERACION VIOLENTAS.
da 148 del Código de Procedimiontos Popalos, hágasele saber su formal prisión, filic Be, propóngase nombre defensor con el apercibimiento de loy y librese copia et este auto al Alcaide de la Cúrcol. Noti Parece que entra la emulación en el Sr.
fíquose.
Procurador do Justicia col Distrito, pues Ese auto, es la mejor dofensa del Sr. sabemos que dicho funcionario lia ordonaLic. Lomeli y encierra el mejor roproche do sus Agentos, los Juecos del Ramo la autoridad judicial. Eso auto revela un Ponal, y si los del Civil, quo la mayor estado social desnudo de toda convoniencin brevedad lo remitan una noticia completa påblica.
de los as. intos que quedaron pendientos Las frases do El Herodilo no constitu al finaliz el año pasado y do los quo huyen un delito, y menos arin el de difama biesen concluido duranto cso allo, con el ción a la autoridad, invontado por la in finde formarunacstadística menos doficienquisitorial fantasia de aquollos gobernan to que la de 18, quo so acaba de publicar.
tes. Con ellas se inforna al público dol Bica nos paroco quo apresuro su trabapor qué de la desaparición del colega, in juel Sr. Procului. pelu civoltos, quo formación quo no ontrnria dolo, esa consti antes rssontará al juíblico la estadística tutiva del delito do difamación.
llo 99 que oatá arlendanrio. Si logrará puPor otra parto, la difamación la autori blicar prontamento las dos ostadística. la dad no es un delito previsto on la legisla do 99 y la do 90. londrían ellas, por lo ción positiva de Aguascalientes, como no monos, el inérito do la prontitud, ya q118 está previsto en ninguna otra legislación no el de ser completas.
do la Ropública; y no lo está, porque seria hostil la Constitución Federal que pormite las apreciaciones do las funciones Del Informe del Sr.
públicas de las autoridades. Si las frases de El Heraldo envolvian una censura que pudiera originar descrédito una autoridad, quo se desacredita por el solo hecho De los resúmenes osladistico3 presentade suspender una publicación periodistica, dos por el Sr. Procurador do Susticia del ostuvo en su poriecto derecho al cologa, Distrito, aparece el siguiente dato quo el no solo para indicar ol acto ropruchable referido funcionuio no se atrero explien una simplo información inofensiva, sino car. en el año de 1899, so registraron en para consurarlo amplia y calurosamento, el Distrito Federal, 323 consignacionez pues para ello lo protejo el art. Constiarbitrarias. Es decir, 8, 323 individuos fuotucional violado rudamcnto por las autoron wulestadus on sus personas arbitrariaridados do osa entidad foderativa.
monte.
Son, pues, contrarios la Constitución Voanos el cuadro estadístico del Sr.
los procedimientos judiciales seguidos conProcurador.
tra el Sr. Lic. Lomeli, porque las autori Criminalidad PRESUNTA. 16, 330.
dades jamás pueden sor difamadas. En tal Criminalidad EFECTIVA. 8, 007.
virtud, con el encarcelamiento del Diroctor del colega, después do haborso comeDiforencia.
8, 323.
tido ol atropello de suspendor une publiDe manera que, pas del cincuenta por cación periodistica, se ha atropellado la ciento lo los consignados al Miuisterio PúConstitución y se ha inferido un agrario blico en el año de 1893, fueron puostos en la sociedad.
libertad por absolución, por falta do méritos, por no acabación y por desvanocimion os de datos, y monos del cincuenta POL