12 REGENERACIÓN.
mada y olvidándose de principios elemon El Juez Saunders, al no proceder en esa tales de derecho, un incidente de respon forma legal, invadió las facultades del Juez sabilidad civil que tiene determinados pro Civil y dislocó un procedimiento de orden cedimientos y formalidades.
público, que tiene su tramitación regular, En efecto: Gabino Carrandi se consy ordenada por una legislación que el Juez tituyó en parte civil en el proceso que Saunders demostró no conocer.
gestión suya se siguió contra el Sr. Garay, Para concluir diremos, que nos ha agray en el incidento respectivo se le hizo en dado tocar esta nueva faz del asunto Catrega de la negociación mercantil en dis rrandi Garay, para que algunos espíritus puta. Cuando el Tribunal revocó el auto suspicaces se convenzan de que, si defendide formal prisión, dictado ilegalmente por el Juez Saunders contra Garay, éste pidió mos Garay en algunos de nuestros núque se le restituyera la posesión de la ne meros anteriores, no fué por el deseo de molestar al hijo del Ministro de Justicia gociación mercantil referida, solicitud que so hizo en el cuadorno principal y no en el que intervino en ese asunto, sino porque del lado de Garay se hallaba la Justicia incidente de responsabilidad, y en aquel inismo cuaderno el Juez resolvió que se le que ahora está al lado de Carrandi, pues hiciese entrega de la negociación Garay. teryengan en los asuntos que tratamos, cuanosotros, poco o nada nos preocupa que inCarrandi, como era natural, no estuvo de acuerdo con ese procedimiento, tan ile lesquiera personalidades.
gal como la prisión de Garay, y pidió ainparo. El Sr. Juez de Distrito, José Juan Chavarría, vió tan patente la violación de Mas arbitrariedades.
garantias individuales, que suspendió, con to la justificación, el acto roclamado, preyia fianza.
No pueden sor más terminantes las disNuestro Corresponsal en Morelia, Mich. posiciones legales que dejó olvidadas el acaba de comunicarnos la noticia que en Juez Saunders. La frac. del art. 362 del seguida damos conocer nuestros ilustrados lectoros, para demostrar que los carCódigo de Procedimientos Penales, preveo perfectamente el caso. Cuando haya recaido viduos, que falta de ilustración, tienen el indisentencia irrevocable sobre la acción penal; defecto de carecer de sentido común. Ensin que el incidente sobre la acción civil tiéndase que hablamos en general, porque esté todavía en estado de sentencia, esta acción deberá seguirse ante los tribunales hay honrosas excepciones, sólo que éstas civiles, dice ese artículo, y ese efecto, el El Sr. Manuel Olmos, compró la empre276 del misino Código, ordena que la cosa que se reclame se pondrá disposición del sa de la Coinpatiía de Zarzuela «Pajares Juez Civil que designe el que la reclame, Campuzano. que actúa en Morelia, las para que ante él se ventile el juicio respec funciones de la tarde y noche del del cotivo sobre propiedad.
rriente.
En este caso, Carrandi, en el incidente En el documento que formalizó el conde responsabilidad civil, pidió y obtuvo el trato entre el Sr. Olmos y la Empresa, consasoguramiento de la negociación mercantil ta que solo ese soħor tenia derecho de disen disputa. Cuando el Tribunal resolvió poner del producto de las localidades venque no había delito que perseguir, y Garay didas para las funciones.
pidió que se le rostituyera en la posesión Ahora bien; como los coristas se quejade la cosa, el Juez debió haber negado esa ran de que la Empresa no los había pagarestitución y enviado el incidente al Juz do su sueldo, que se vencía al día siguiente, gado de lo Civil que hubiese designado el Juez que presidió el espectáculo por la Carandi, toda vez que no so hallaba aun on tarde, un Sr. Salvador Escalante, em estado de sentoncia.
bargo el producto de las entradas, dejando oscasean.