REPERTORIO AMERICANO 325 Rectificación necesaria (Envío del Sr. Ministro de Colombia en Costa Rica) agosto 27 de 1938 Muy apreciado señor Garcia Monge: solicitud de su autor, acaba de ser reproducida en Repertorio Americano una carta dirigida por el señor Hispano al director de La Razón, de Bogotá, escrita en defensa del señor doctor Guillermo Valencia.
Tal documento contiene algunas referencias sobre asuntos de la politica interna de Colombia y en esa parte, en la cual se me menciona, hube de hacerle las necesarias rectificaciones, en carta que en su oportunidad se publicó también en el mencionado diario togotano.
Me es muy grato enviarle copia de ella, rogándole atentamente insertarla en la próxima edición del prestante semanario que usted dirige.
Anticipo a usted mis agradecimientos y me suscribo, con mi mayor consideración y aprecio, su atento y y amigo, ABSALÓN FERNÁNDEZ DE SOTO San José de Costa Rica, 16 de junio de 1938.
Señor doctor Juan Lozano y Lozano, Director de La Razón Bogotá, Colombia.
reformada en 1936 fué la que el ministro de gobierno, en julio de 1934, hubo de aplicar en el caso del maestro Valencia. No medio para ello, ni moralmente era posible que mediara para mí apremio distinto del cumplimiento de un deber legal claro y perentorio.
Los memoriales que solicitaban la declaración de vacancia y que dicho sea de paso no fueron suscritos por los señores Uribe Cualla, estaban pendientes hacía días y el ministro debía resolverlos, de acuerdo con la ley, antes de presentar a las cámaras, próximas a reunirse, la lista de sus miembros, principales y suplentes, con derecho a asistir a las sesiones.
Ni abogados, ni políticos, ni funcionarios de alta o de baja jerarquía se acercaron en ningún momento al ministro a tratar de este ni de ninguno de los asuntos que aquél debía resolver libremente y que obligaban su sola responsabilidad. Apasionada es en Colombia la pugna de los partidos y ella suele producir ofuscaciones en los más esclarecidos entendimientos; pero la libertad y la conciencia de los funcionarios son cosas que tirios y troyanos respetan profundamente.
No obstante la alta significación política de los señores Valencia y Cano, la referida declaración ministerial se publicó en los diarios de la capital sin observación ni comentario alguno. El asunto no ofrecía ninguna novedad para los círculos políticos. Ni en las cámaras ni en la prensa se produjo manifestación alguna favorable o desfavorable por este motivo. Los diferentes grupos de antemano sabían que la declaración oficial no podía ser otra, de acuerdo con la constitución vigente.
Obraba además la circunstancia de que las Cámaras no quedaban privadas en absoluto de la valiosa cooperación de estos dos eminentes compatriotas en lo relacionado con el estudio discusión del protocolo de paz que acababan de suscribir en Río de Janeiro, pues conforme a los respectivos reglamentos también tienen derecho a hablar en tales corporaciones los ciudadanos que como plenipotenciarios de la República hayan celebrado negociaciones de esta clase con naciones extranjeras.
Sin embargo de lo expuesto, que es la verdad fielmente relatada, el notable escritor que me obliga a hacer estos requerdos callfica aquella providencia de inaudita, contraria a conocidísimos antecedentes, fundada en un inciso de muy dudoso sentido y fruto de una baja intriga política, consumada cuando el presidente estaba en Cartagena y cuyos móviles y alcances claros como el agua fueron éstos: apartar del Senado a Valencia, quien debía ser su presidente; elegir en su lugar al señor Laureano Gómez e impedir la aprobación del protocolo de Rio. Todo esto se realizaba, según el relato de Hispano, de acuerdo con el señor Alfonso López, a la sazón presidente electo de la república.
Es de lamentarse que ciudadanos que ocupan una posición intelectual elevada, con extenso radio de lectores dentro y fuera del país, lleven a la publicidad informaciones que cfenden, no ya la verdad, sino la dignidad de los hombres y de los partidos y el decoro mismo de la patria. Según el episodio historiado por Hispano, en julio de 1934 hubo en Bogotá una conjura contra el protocolo de Río, ajustado con los enemigos del pacto por el jefe del partido liberal y presidente electo de la república, o sea por el ciudadano que desafiando su porvenir político se trasladó a Lima y realizó la histórica entrevista, logrando el entendimiento que hacía falta para acelerar los métodos de la diplomacia y hacer posible la paz entre Colombia y el Perú. pensar que estas oscuras imputaciones contra uno de los más grandes valores de la república se han escrito como medio adecuado para disipar sombras que no pueden deducirse de una frase cordial de quien, como el señor Maximiliano Grillo, ha sido defensor perenne de las glorias nacionales y que, lo sabemos todos, no son posibles en el patriotismo esplendoroso del prócer de Popayán.
Refiere también Hispano que la monstruosa maquinación política personalmente me la increpó a mí en su hora y que yo le contesté de una manera evasiva. En presencia de su reciente carta, de la cual me he ocupado apenas en lo que concierne, no puedo negar el denuedo de Hispano para incriminar a sus compatriotas. Lo que sus lectores no habrán podido creerle es que yo hubiera escuchado la aleve leyenda impasiblemente, sin una rotunda y firme contradicción. Durante mi paso, duradero o efímero, por las posiciones oficiales al menos he demostrado que el decoro personal, la moral política y el respecto a las leyes no son para mí palabras sin sentido.
Sin ánimo de polémica que, por diversas razones, no podría yo sostener desde aquí con oportunidad y amplitud, ruego a usted, señor director, acoger estas líneas con su proverbial benevolencia.
Soy de usted su seguro servidor y amigo afectísimo, ABSALON FERNANDEZ DE So ro Muy apreciado amigo: Me he enterado, con natural tardanza, de la carta del señor Cornelio Hispano, publicada en las generosas columnas de La Razón, en la cual glosando un comentario del señor Maximiliano Grillo sobre la ausencia del maestro Valencia del senado durante la discusión del protocolo de Río de Janeiro, el celebrado escritor e historiador hace un relato, que no pertenece precisamente al género histórico, sobre la resolución del ministerio de gobierno, por la cual se declaró vacante el cargo de senador del doctor Valencia, por haber aceptado un cargo diplomático.
Me correspondió como ministro de gobierno en las postrimerías de la administración Olaya Herrera, dictar algunas resoluciones relacionadas con la cesación de la investidura parlametaria de algunos miembros del congreso, de acuerdo con el sistema de incompatibilidades establecido por la constitución de 1886. Una de esas resoluciones fué la que declaró vacantes los cargos de senadores de los señores Guillermo Valencia y Luis Cano, quienes durante el período de sus funciones legislativas habían aceptado el nombramiento de plenipotenciarios por parte de Colombia en la conferencia de Rio de Janeiro.
El viejo estatuto limitó la libertad del presidente de la república para conferir empleos a los miembros del congreso, permitiéndole solamente, por vía de excepción, llamarlos a servir los cargos de ministro del despacho, gobernador, agente diplomático y jefe militar en tiempo de guerra, pero si aceptaban el nombramiento debían resignarse a perder su puesto en el congreso, de acuerdo con el siguiente precepto: OCTAVIO JIMENEZ Abogado y Notario OFICINA: 125 varas al Este del Almacén Robert, frente a Reimers Teléfono 4184 Apartado 338 (1) Sólo hoy me ha llegado de Bogofá copia de la resolución del ministerio de gobierno a que se refiere esta carta. El texto preciso de la constitución colombiana que le sirvió de base fue el artículo 23 del Acto Legislativo número de 1910, que dice así. El Presidente de la República no podrá conferir empleo a los senadores o representantes que hubieren ejercido el cargo durante el periodo de sus funciones, con excepción de los de Ministro del Despacho, Gobernador, Agente Diplomáfico y Jefe Militor en tiempo La infracción de este precepfo vicia de nulidad el nombramiento Lo aceptación de cualquiera de aquellos empleos por un miembro del Congreso produce vacanle absoluta en la respectiva cámara, excepto la del cargo de Ministro del Despacho, que no la produce sino transitorio.
durante el tiempo en que desempeñe el empleo. Nota del autor.
de guerra La aceptación de cualquiera de estos empleos por un miembro del congreso produce vacante en la respectiva cámara. 1)
Tan diáfana disposición razonablemente Con FAXON Co.
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