REPERTORIO AMERICANO 115 su Veámonos en el espejo de Cuba rios, poblados y ciudades, sin autorización previa del Congreso de la República, mediante información acerca de su conveniencia o neceUn memorable Proyecto de Ley de don Manuel Sanguily sidad.
para contener el progreso del latifundismo en Cuba Articulo séptimo. Los caserios, poblados y Del excelente cuaderno El latifundismo en la economia ciudades establecidos con la autorización a que cubana. Por Raúl Maestri. Ediciones 1999. La Habana se refiere el artículo anterior, se regirán siempre por y conforme a las Leyes de la República.
El Senador que subscribe, tiene el honor de vación del dominio de la tierra para los nativos; Articulo octavo. Los caserios construidos en ofrecer al Senado para su consideración las porque, a juicio del autor, si lo perdieran éstos, los bateyes de los ingenios de azúcar, y otras observaciones siguientes: y por la incesante inmigración de extraños y cualesquiera fincas rústicas, cuya población no la preponderancia que habría de darles multitud fuere interior a doscientos cincuenta moradores, No hace muchos dias publicaba la sección de de circunstancias favorables, perdieran también se incorporarán a los Ayuntamientos más próun diario de esta ciudad, consagrada a la de. su lengua, llegaria para los cubanos la hora ximos, de los cuales serán considerados como fensa de los intereses económicos del país, un más critica de su historia, la hora de la agonía barrios, rigiéndose por las Ordenanzas y disarticulo sin firma, pero del que se dice que la extinción más ruin y vergonzosa; pues sin está inspirado por el Circulo de Hacendados posiciones que en aquellos dictaren o estuvieduda ninguna, el predominio social primero y ren vigentes.
de la Habana, dando angustiosa voz de alarma seguidamente el predominio y la dirección en Articulo noveno. Los poblados que pasaren ante los peligros que corremos a virtud de la la esfera politica, en todas partes, corresponde de doscientos cincuenta moradores hasta mil, irrupción de extranjeros que vienen a Cuba a los dueños y señores de la tierra.
podrán constituirse en Municipios si lo recocon el exclusivo objeto de adquirir a bajo precio Al paso que se desenvuelve esta verdadera mendare la excesiva distancia de los Ayuntaporciones inmensas de tierra, y la prontitud con revolución económica, a que seguirán consi mientos más inmediatos. Los de mayor poque sus dueños cubanos, por imprevisión o por guientemente una revolución social y una re blación hasta cuatro mil o más moradores ansia mal calculada de obtener dinero efectivo, volución política, esto es, la transformación de solicitarán su constitución en Municipios conse desprenden de su patrimonio.
la riqueza territorial con el traspaso de forme a las Leyes de la República.
Es fácil de notar el número considerable de propiedad, y, por ende, la influencia inevitable extranjeros, en su mayor parte americanos del de Palacio del Senado, Marzo tres de mil nolos poderosos extranjeros en la vida diaria, Norte, que llegan a la Habana y se derraman en el desgaste, en descrédito y adulteración vecientos tres. Firmado. Manuel Sanguily.
por el territorio de la Isla, con el propósito de de nuestro idioma, y, al cabo, en la legislación adueñarse de la tierra. No pasa dia sin que se y la suerte definitiva del pais cubano, muy El segundo proyecto a que nos referimos fue sepa de enajenaciones a su favor, que se pronto nos solicitarán problemas o complicacio presentado a la Cámara de Representantes y cuentan por millas o cientos aún miles nes formidables ante las cuales serian inútiles decia así: de acres. Zonas inmensas, los alrededores los lamentos, aunque no seria menos positiva de Nipe y de Bahia Honda, ambas orillas la Cámara y dolorosa nuestra impotencia para resolverlos del Cauto, en extensión extraordinaria, han como exige la preservación de nuestra naciopasado Considerando que debe evitarse por deber poder de los extraños. Muy re nalidad.
cientemente se ha publicado la noticia de patriótico y por conveniencia económica que Porque ahora es el momento más premioso sean los extranjeros los ricos terratenientes de un conocido hacendado que un acaba de tras. ya que acaso no sea demasiado tarde. para la República pasar a un comprador americano, propiedades refrenar los apetitos desordenados y funestos valiosas ubicadas en Holguin, hasta la cifra de Considerando que para darle valor a la proy contener la calculada y artera codicia que setenta y cinco mil acres. Desde el pasado año nos amenaza de ruina y descrédito, al Congre piedad rústica, estimular al terrateniente y evianunciaban periódicos de la so acude el que suscribe, para que interponga tar posibles reclamaciones internacionales debe la vecina el Trust azucarero habia aumentado sus como un valladar su salvadora acción legislativa: procurarse que el territorio cubano no pase a fondos en unos quince millones de pesos que en tal concepto, tiene el honor de reclamar manos extranjeras.
y, se destinarian a adquirir terrenos cubanos para la atención del Senado para que examine la Los Representantes que suscriben tienen el la siembra de la caña y la fabricación de azúcar actual situación del pais y provea a su remedio honor de someter a la consideración de la CáAnte este peligro pavoroso, el escrito a que en la forma y manera que considere más eficaz, mara la siguiente se ha hecho referencia, clamaba por la conser estudiando y acordando lo que tenga por conveniente acerca del siguiente: Proposición de Ley REPERTORIO AMERICANO Articulo primero. Sólo los cubanos por naProyecto de Ley turaleza o naturalización, podrán obtener proArtículo primero. Desde esta fecha queda piedades en Cuba.
SEMANARIO de cultura hispánica.
terminantemente prohibido todo contrato o pacto Articulo segundo. Se suspenderán todas las De Filosofía y Letras, Artes, a virtud de los cuales se enajenen bienes transacciones o traspasos de dominio que se Ciencias y Educación.
raices a favor de extranjeros.
hayan iniciado para conceder derechos de proArticulo segundo. Los que hasta la fecha se piedad a los extranjeros.
Misceláneas y Documentos. hubieren perfeccionado surtirán todos sus efec Artículo tercero. Esta Ley comenzará a surtir Publicado por tos legales sus efectos desde su publicación en la Gaceta.
Articulo tercero. Queda prohibido a los NoJ. García Monge tarios Públicos la autorización de ninguna esCámara de Representantes, febrero diez y pecie de títulos o documentos en que se infrinja ocho de mil noveciei tos nueve. Emilio ArteaApartado Letra o burle lo dispuesto en el articulo primero.
ga. Doctor Santiago Garcia Cañizares. Enrique Collazo. Carlos Mendieta. Carlos GonArticulo cuarto. Los actos contratos que SAN JOSÉ, Costa Rica, zález. Cebreco.
se efectuaren contraviniendo lo anteriormente ECONOMIA DE LA REVISTA dispuesto son nulos y sin ningún valor. Elevado a la Comisión de Justicia y Códigos Articulo quinto. Las leyes penales que se ésta dictaminó en contra de la totalidad del La entrega 50 El tomo (24 entregas. icten por el Congreso determinarán las res. Proyecto. En el debate que subsiguió sólo un 12. 00 El año, para el exterior: ponsabilidades en que incurren los Notarios por Representante arrostró la defensa de la propotomos de 24 entregas cada la contravención de lo dispuesto en el articulo sición el doctor Esquivel Garcia Enseñatuno. oro am. 00 tercero.
puesto que el mismo representante Arteaga que Articulo sexto. Ningún extranjero, ni ningu la presentaba casi se excusó de haberlo hecho.
Avisos: guna Sociedad extranjera, de cualquier clase Combatida por los doctores Viondi, Ferrara y La pulgada cuadrada: 20 cts, oro y denominación que fuere, podrán fundar case González Lanuza, no llegó a aprobarse.
la inserción.
Raúl Maestri.
En el contrato semestral de Avisos se da Intrinsecamente entrana un de descuento. En el anual, un 10.
un atlición para el porcenir que de Vecto. terior) para to mediato fuerat menester la talla egregia de a la Comisión de Codigos, no ha vuelto a salir de cita para creare do ecina República fel