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364 REPERTORIO AMERICANO tas es, en sí, una larga historia.
Es imposible narrar todos los detalles de la historia de Nicaragua, Santo Domingo, Honduras, Bolivia, Perú, Panamá, Costa Rica, Colombia, El Salvador, Guatemala y Cuba; sólo pretendo decir lo suficiente de un caso para hacer luz en el asunto. Voy a escoger, para ilustración, el caso de la República de Haiti. Explica después, ampliamente, el Dr. Gruening lo ocurrido en Haiti. Al concluir, el Senador Ladd le hizo esta pregunta. Doctor Gruening, usted parece estar perfectamente enterado de los asuntos haitianos. Quiere usted decirnos qué fué lo que primero atrajo su atención o Jo guió a hacer un estudio de ellos. El Doctor Gruening contestó. Un hecho accidental, Senador. Estaba en el campamento Zachary Taylor, cuando nos estábamos preparando a cruzar el océano. Una noche, creo fué en la hojeando un periódico me enteré por un pequeño reportazgo de que nuestras fuerzas estaban arrojando bombas sobre las ciudades haitianas, y la incongruencia entre lo que nosotros tratábamos de hacer al otro lado del mar y lo que estábamos acie Haiti me chocó tanto, que decidí que tan pronto como la guerra hubiere pasado, hacer una investigación sobre el asunto. Yo era en ese tiempo el editor gerente de The Nation y estaba en posibilidad de publicar artículos y documentos de diversa indole; y creo que debe halagarme el decir que los artículos que entonces se publicaron determinaron finalmente la investigación practicada por el Comité del Senado, la cual si bien no ha producido aún resultados tangibles, ha dado por lo menos valioso material documentado, sobre el cual se ha basado en gran parte la exposición que hoy he hecho ante el Comité.
98. Scott Nearing y Joseph Freeman. La Diplomacia del Dólar. Trad. Esp. Sociedad de Edición y Librería Franco Americana, México, 1926.
El Petróleo y la intervención. Las inversiones petroleras americanas en México ocasionaron una intervención politica y armada por el Gobierno de Wilson en 1914. El gobierno de los Estados Unidos, que había ayudado a fomentar revoluciones en Hawaii, Panamá y Nicaragua, y que siempre había seguido la política de reconocer a los gobiernos de facto, se negó en este caso a reconocer al gobierno de Huerta.
La doctrina del reconocimiento fué característicamente americana; había sido expresada por Jefferson, para romper con la doctrina europea del Derecho Divino, y como corolario del principio, expresado en la Declaración de Independencia, de que los gobiernos derivan sus justos poderes del consentimiento de los gobernados. Tal doctrina fué olvidada por primera vez por el Presidente Roosevelt, en el caso de Santo Domingo, cuando dijo a los jefes revolucionarios que no les reconocería, aun cuando triunfaran La negativa del Presidente Wilson de reconocer a Huerta fué seguida de un desembarque de tropas en Veracruz, que capturaron la aduana, el 20 de abril de 1914. Esta intervención alarmó a toda la América Latina; el grupo ABC (Argentina, Brasil y Chile) se apresuró a mediar, y como resultado de una conferencia, celebrada en el Niagara el 20 de mayo, renunció Huerta. En agosto, el General Carranza, jefe de una de las facciones revolucionarias, tomó el mando del Gobierno mexicano, pero su autoridad fué desconocida por el general Francisco Villa. Después de varios intentos infructuosos para reconciliar a las facciones opuestas, los Estados Unidos reconocieron a Carranza en octubre de 1915. En venganza, Villa comenzó una serie de incursiones contra ciudadanos americanos, algunas de ellas más allá de la frontera. Una expedición punitiva al mando del General Pershing, fué enviada a México en marzo de 1916, y más tarde grandes fuerzas de tropa fueron concentradas en la frontera mexicana.
Una insistente demanda de guerra levantaron los petroleros americanos, los terratenientes, los mineros y los explotadores de hule de México, pero el Presidente Wilson siguió una política de «prudente espera. con la que impidió la guerra con México, hasta que los Estados Unidos estuvieran listos para entrar a la guerra mundial. Bajo estos hechos escuetos de la intervención en México, hay una trama: los intentos de capitalistas americanos por explotar un país no desarrollado, con riquezas inmensas y la ayuda activa del Gobierno de los Estados Unidos para tales capitalistas. Esta política se ha seguido en donde quiera que el dinero americano se ha invertido en cantidades apreciables.
Puede describirse como la política que usa la presión diplomática, para modificar ya las leyes, o el gobierno del país en que los americanos tienen concesiones. En su declaración ante el Comité del Senado, Henry Lane Wilson, Embajador Americano en México desde 1909 hasta 1913, declaró. Hubo casos, por supuesto, en los que fui llamado para representar algunos importantes intereses ante el gobierno de México, pero esto fué, casi sin excepción, con instrucciones del Departamento de Estado. John Lind, representante especial del Presidente Wilson en México en 1913, declaró que «los que tienen intereses petroleros, todos desean la intervención. Deseaban que el Tio Sam, como generalmente lo llaman, viniera y limpiara a México, que los protegiera a ellos y a las compras y concesiones que habían obtenido. En 1917, el Gobierno de Carranza adoptó una nueva Constitución, cuyo artículo 27 estipula. A) Ninguna corporación o persoa extranjera pueden legalmente adquirir o poseer minas, pozos petroleros, tierras o cualquiera otra propiedad real en México, a no ser que renuncie a su nacionalidad. B)
Ninguna corporación ya sea nacional o extranjera, puede poseer tierras agricolas, de pasto y otras en México, y si el titulo sobre tal propiedad ha sido ya otorgado a alguna corporación, se estipula su adquisición por el Gobierno del Estado respectivo a cambio de bonos. C) Ninguna corporación poseedora de una mira, pozo petrolero, fábrica y otra empresa industrial, puede tener o adquirir tierras, como no sea la indispensable para sus inmediatas exigencias, debiendo determinarse la superficie por los gobiernos de los Estados o por el Federal. D) Ninguna persona o corporación extranjera pueden, en ninguna circunstancia, tener o adquirir títulos de propiedades sobre tierras o aguas dentro de un límite de sesenta millas de la frontera o de treinta millas de la costa. E) La propiedad de todos los minerales, sólidos, liquidos o gaseosos se declara depositada en la Nación, sin tener en cuenta los derechos existentes basados en la antigua Constitución. F) Todos los contratos relativos a la adquisición de recursos naturales, hechos desde el año de 1876, están sujetos a revisión por el actual Gobierno y el Ejecutivo está autorizado para declararlos nulos y sin valor. El artículo 27 estipula además, que la nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que el interés público demande, así como el derecho de regularizar el desarrollo de los recursos naturales. para conservarlos y distribuir equitativamente la riqueza pública. En la Nación queda depositada originalmente el dominio directo de todos los minerales. En la Nación se deposita también el dominio de las costas y mares territoriales Este intento de México, de nacionalizar sus recursos naturales, encontró la más poderosa oposición de los concesionarios americanos y, en consecuencia, el Gobierno de los Estados Unidos tomó activas medidas para proteger a los capitalistas.
El 19 de enero de 1926, el Secretario de Estado Lansing telegrafió al Cónsul John Silliman en México. Departamento tiene informes fidedignos de que autoridades de facto pretenden expedir Decreto estipulando nacionalización petróleo, lo cual, si estamos bien informados, afectaría muy seriamente los intereses de numerosos americanos y otros extranjeros, que se han estado ocupando de producir y vender petróleo en México. Señale al general Carranza, en términos inequívocos, la situación peligrosa que podría resultar de la expedición de cualquier decreto de caracter confiscatorio. Pida que se posponga acción definitiva hasta que Departamento haya tenido oportunidad de examinar Decreto proyectado, y envíe por correo copia del mismo al Departamento. El 22 de enero de 1917, el Departamento de Estado informó al gobierno de Carranza que «el Gobierno americano no podía estar de acuerdo en ninguna confiscación directa de propiedades de extranjeros en México o en confiscaciones indirectas. Para llevar a efecto la estipulación constitucional que nacionalizaba los recursos naturales, Carranza, el 18 de febrero de 1918, expidió un Decreto «para imponer determinados impuestos sobre la superficie de las tierras petroleras, así como sobre rentas, participaciones y productos, derivados de la explotación de las mismas. Otra vez el Departamento de Estado protestó, declarando que «los Estados Unidos no pueden aceptar ningún procedimiento que, ostensible o nominalmente, decrete impuestos o ejercite el dominio directo, pero que realmente resulte en la confiscación de la propiedad privada y usurpación arbitraria de derechos adquiridos. El Decreto exigia la presentación de documentos, que demostraran las bases de los titulos de los concesionarios.
Las compañías petroleras americanas, según Edward Doheny, uno de los principales capitalistas petroleros en México, rehusaron presentar estas deLa base de la constitución romana consistia en la constante vigilancia que el pueblo ejercía sobre los políticos y los funcionarios; y mientras vivió Catón, fue él, en cierto modo, la conciencia viva de la nación. Persiguió incansablemente todos los abusos y faltas de los gobernantes, cuidando de que ningún culpable pudiera burlar la justicia. En numerosos procesos actuó en calidad de testigo de cargo. Bien se echó de menos al fiel defensor de la democracia romana, cuando, después de su muerte, los politicos partidistas se entregaron a la corrupción.
Arturo Rosenberg (De la excelente Historia de la Repúblcia Romana. Este documento es propiedad de la Biblioteca electronica Scriptorium de la Universidad Nacional, Costa Rica