Víctor Raúl Haya de la Torre

REPERTORIO AMERICANO 185 Haya de la TORRE es un asilado diplomático (En Rep. Amer. El Comité Aprista Peruano de desterrados con el propósito de orientar a la opinión pública continental sobre el estado actual del diferendo internacional entre Colombia y el Perú sobre el asilo diplomático de Haya de la Torre expresa, que son hechos ya indiscutibles los siguientes: 1º) raíz de las últimas notas cambiadas entre los cancilleres de los dos go.
biernos en litigio, quedó inequívocamente. establecido que: a) La Corte Mundial de Justicia en su último fallo del 13 de junio de 1951 ratificó el status de Haya de la Torre como asilado a las autoridades peruanas; que el Perú no está obligado a otorgar salvoconducto pero que para que el asilo cese ambos gobiernos deben entrar en tratos direetos.
b) Descartadas las acusaciones del gobierno del Perú sobre supuestas interferencias del de Colombia en el normal funcionamiento de la justicia peruana. cargo reiteradamente lanzado por la cancillería de Limaresultó evidenciado que la justicia peruana no ha tenido ninguna participación en el status del asilado. el gobierno del Perú no ha podido demostrar que el Poder Judicial de su país haya procesado en ausencia o solicitado la presencia del asilado en ningún juicio, ya sea por ofensas comunes o por acusaciones políticas.
29) Como lógica inferencia de lo cual se puede aseverar que, tal lo calificó embajador colombiano, en Lima, el de enero de 1949, y tal lo ratificó la Corte Internacional de Justicia, Haya de la Torre es un asilado diplomático. Que la circunstancia de que se asilara estando en peligro o no, o con el lenguaje de la Corte Mundial y de la Convención de La Habana de 1928 con o sin urgencia es secundario en cuanto a la calificación. Pues lo que importa subrayar es que la Corte Mundial absolvió a Haya de HOMBRE DERECHOS DEL LO QUE SE VE VIVIENDO. POR RINCON UNA CORTE DE LA HAYA. OTRA, LA CORTE DE HAYA.
la Torre de todos los calumniosos cargos de imaginaria delincuencia común que achacó el gobierno de Lima a nuestro compatriota. que esa absolución, pronunciada en el primer fallo de 20 de Noviembre de 1950 y ampliamente ratificada en el segundo de 13 de junio de 1951, plantea estos hechos indisputables: c). Si Haya de la Torre está exento por la Corte Mundial de la única tacha capaz de impedir que un ciudadano se convierta en asilado diplomático por decisión de un jefe de misión, cuya es la exclusiva potestad de conceder o no el asilo, no cabe duda que Haya de la Torre ES un asilado diplomático.
d) Si Haya de la Torre ES un asilado bana de la UNESCO cuya presidencia interina desempeñó?
Cuando falleció José Antonio Ramos, autor de muchos libros, era Cónsul General después de haber rendido todo una vida al servicio del país. No sé si él quiso ser más, pero debió serlo. En esa ocasión eseribí como ahora sobre las condiciones ex.
cepcionales que adornaban al escritor y al funcionario. Pocos hombres como éste, Guy Pérez Cisneros, Mario Harrigton y Raúl Herrera Arango, para no hablar sino de los caídos han prestigiado tanto la carrera Exterior. Guy llegó a ser Agregado Comercial desde posiciones más modestas, pero todo lo que tuvo, misiones, condccoraciones, representaciones oficiales a conferencias, los papeles que desempeñó, los gunó por su esfuerzo, constancia y talento.
El sabía, no obstante, apoderarse de los resortes indispensables para superar las etapas y ganar en cada momento el terreno necesario en el campo oficial. Así tuvo jefes influyentes que a su turno lo apoyaron, sirviéndose al mismo tiempo de él para sus triunfos diplomáticos. El pudo ser Ministro o Embajador con desenfado y personalidad, pero nadie se atrevía a pro.
ponerlo en una casa resentida de gerontocracia. Guy le bastaba con que se le utilizara, no le importaba cómo o de qué manera. Comprendía la desventaja de su plenitud formativa en artes y filosofía, de su cultura humanística, para ser hombre de primeros planos en nuestra diplomacia, Lo sorprende la muerte cuando revi.
saba las primeras pruebas de imprenta de su ensayo sobre el pintor Fidelio Ponce de León y tenía listas las maletas para su viaje a New York que emprendería días después. Debía asistir al 8vo. período de sesiones de las Naciones Unidas como integrante de la Delegación cubana. Era una figura familiar en estas Asambleas y se tenía como un técnico de tales asuntos.
Sin embargo, su más decidida vocación estaba en el campo de la creación artística. Temperamento de pasión fría, de bohe mio ordenado, de esteta, leía y estudiaba hasta agotar el tema en la materia que se propusiera con el método recomendado por Leonardo da Vinci obstinado rigor.
Los que asistimos a su entierro vimos allí todo un conjunto representativo de va.
lores. Una oración fúnebre encargada al Dr. Ichaso se dejó escuchar tan pronto la tapa marmorea oculto para siempre sus despojos mortales. Quién nos iba a decir que aquella vida afanosa, pletórica de ener.
gía y salud, concluiría tan súbita y prematuramente!
diplomático, aşí declarado por la Corte Mundial, el tecnicismo de proce dimiento muy discutible referente a que si se asilo en peligro de mucrte o no, con o sin urgencia, es se.
cundario. Pero en ningún caso afecta la calificación, puesto que es algo diferente del asunto esencial resuel.
to por la Corte Internacional. sea que Haya de la Torre ES un asilado diplomático.
40 este es el punto de partida de los arreglos directos que la Corte Mundial ha indicado se deben realizar entre los dos gobiernos: Que por tratarse de un asilado diplomático así declarado por la Corteal cual Colombia no está obligada a entregar. que debido a que el Poder Judicial del Perú, en ningún caso ha solicitado dicha entrega, sólo queda un punto a discu.
tir: La expedición del salvoconducto para el asilado que el gobierno del Perú no está obligado a otorgar.
50 Pero como no estar obligado no es estar impedido, y como el Poder Judicial del Perú no ha pedido nunca la entrega de Haya de la Torre a quien, sobre todo, la Corte Mundial calificó como asilado diplomático; queda, escuetamente, el caso de un asilado a quien hay la obligación moral y humana de dejar salir del país donde es realmente un perseguido político.
60 si el gobierno militar del Perú consiguió hacer creer a la Corte que él no perseguía a Haya de la Torre y que éste se asilo sin hallarse en peligro, vale decir sin urgencia, el mismo gobierno sabe y nadie como él que esto no es verdad: el golpe militar que el 27 de octubre de 1948 derrocó al gobierno civil y legalmente elegido, procedió así llevando como punto principal de su programa revolucionario la persecución y liquidación del prismo; que caracterizó su influencia en el poder en el Perú por la abolición de las prisiones y persecuciones políticas y por la irrestricta libertad de oposición parlamentaria y periodística que nuestro país no había conocido en cerca de 40 años.
El gobierno militar del Perú sabe que Haya de la Torre se asiló con urgencia.
La Habana. Octubre, 1953. Este documento es propiedad de la Biblioteca electronica Scriptorium de la Universidad Nacional, Costa Rica