142 REPERTORIO AMERICANO Este poema. Atención de la autora. Qué angustia, Oh Dios, es ésta. Qué angustia de neblina me turba el corazón?
Día a día me acecha.
Día a día la siento: obstinada, segura, entre un duelo creciente de auroras y crepúsculos, hundirme su estilete y proyectar su frío.
Es antigua mi angustia!
Me vino de mis padres en fuga secular.
La llevarán mis hijos!
y mecida en un fondo de lágrimas y cruces seguirá su trayecto sin que falte jamás.
Angustia del pecado!
De aquel primer pecado que nos hizo ser hombres. Ser hombres y no Dioses!
Como un hondo suspiro me cuelga de los ojos. La ves, Madre, la ves?
Ni el agua del bautismo, ni el oro de la infancia, ni la savia ardorosa del cuerpo adolescente, ni la cita secreta que tuve con el canto, ni el grito del amor, ni la eterna alegría de haber creado un hijo han podido borrarla.
Angustia del pecado.
De aquel primer pecado por el que soy humana.
Me desfleca los sueños, y engendra en mi vida raíces de humedad. Dónde iré con mi angustia?
Mirándome de adentro me empuja hacia el dolor.
Si pudiera matarla, precipitarla, hundirla, pero hace tanto tiempo que la amo!
Claribel ALEGRIA México, Junio, 1951.
Como fácilmente se apreciará por las acontecimientos sucedidos desde 1812, el Partido de Nicoya que así se llamaba, dejó de ser una porción separada de Costa Rica; con ello se demuestra también, que la hoy provincia de Guanacaste, no perteneció en forma regular a Nicaragua; pues también como prueba irrefutable de esta afirma.
ción, está la circunstancia de que en aquellos tiempos, las diferentes relaciones se hacían directamente con la audiencia de Guatemala; y en lo administrativo, de he.
cho dependía Guanacaste de Costa Rica.
Así fueron trasncurriendo los años, hasta que vino la independencia de Centro América, y con ella la de Costa Rica en 1821, trayendo consigo entre otras dificultades, disturbios en la vecina de Nicaragua que tuvieron su origen en el localismo tan arraigado en algunos pueblos; estas corrientes tuvieron eco muy significativo en León y Granada. Como consecuencia de esas alteraciones continuas de la tranquilidad y paz en Nicaragua, los integrantes de las comunidades de Nicoya y Santa Cruz, pensaron y con mucho acierto, que debían tomar una actitud definitiva en resguardo de la tranquilidad general de los habitantes; pues ya se rumoraba que en Nicaragua no habían quedado muy conformes con la agregación en 1812 del Partido de Nicoya, y de los pueblos de Santa Cruz y de Guanacaste (hoy Liberia. al Estado de Costa Rica. fué así, como surgió, previa consulta de los pueblos y de los vecinos más importantes del antiguo Partido de Nicoya, la declaración de anexión definitiva a la ya Provincia de Costa Rica; acontecimiento que sucedió el 25 de Julio de 1824. Esta decisión fué tomada casi por unanimidad y con regocijo verdadero por todos los ve.
cinos de los lugares; sin embargo, y para ser fieles al relato histórico, hubo algunos pocos caseríos que dieron muestras de re.
beldía por la disposición tomada; entre ellos citaremos algunos de la región de Sardinal, y los que conocemos hoy día co.
mo los pueblos de la Costa del Cantón de Santa Cruz; entre estos últimos sobresalió Lagunía (hoy. Lagunilla. y para que no se crea que esta afirmación es antojadiza, leamos el acta que se levantó en Ni.
coya en demostración del cambio de pa.
recer de esos barrios. En el pueblo de Nicoya, a los diez y siete días del mes de Sep. de 1826 reuni.
dos en ésta Sala con asistencia de los indi.
viduos de los barrios de la Costa y Lagunía que se habían extraviado engañados, según ellos lo manifiestan del obedecimiento a la ley fundamental y todos confesando su yerro, se han presentado voluntariamen.
te a prestar el juramento de obediencia y sumisión a la Constitución del Estado Li.
bre de Costarrica, el que se les exigió con arreglo a las leyes del caso, y todos pidieron que este acto de sumisión se certifique y se de cuenta al Supremo para su satisfacción, al cual se comprometen presentarse por si o por medio de mandata.
rios a implorar la gracia de que se les indulte, pues desde ahora le prometen la mayor lealtad y obediencia; cuyo acto firmó el Municipal y los vecinos que supieron por ante mí el presente Secretario.
Roque Rosales, Perlro Peraza, Juan José Viales Incorporación de Guanacaste a Costa Rica Versión historica Por Carlos GUILLEN FERNANDEZ (En Rep. Amer. de estas referencias, a rendir en esta forma, mi homenaje a la provincia de Guanacaste, con motivo de la celebración del 126 aniversario de su anexión a Costa Rica.
La provincia de Guanacaste, a lo largo de los años transcurridos de su incorpo.
ración, a! entonces Estado de Costa Rica. año de 1824) hasta nuestros días, tiene a su haber en todos los incidentes que se sucedieron, con esa anexión voluntaria, gestos de nobleza y altivez de aquella leja.
na provincia, que merecen ser del conoci.
miento público, para que sean valorados y conocidos del resto de los habitantes del interior del país. Por ello me impuse la agradable tarea de recopilar algunos datos históricos, entresacados de las varias pu.
blicaciones que han aparecido insertadas, en la Revista de los Archivos Nacionales; y de un importante como valioso estudio publicado por el eminente ciudadano, don Leonidas Briceño Baltodano.
Quede bien claro, pues, para los que tengan a bien leerme, que las citas históricas a que hago referencia adelante, proceden de las fuentes autorizadas antes menciona.
das.
Me propongo también, con la difusión Allá, por el año de 1812, y por disposición del Rey de España, se dividieron los territorios que formaban el Reino de Guatemala, en Partidos Políticos; y la Alcaldía Mayor de Nicoya, pasó a ser uno de esos partidos al igual que Costa Rica. El Estado de Costa Rica no contaba en esa época con el número suficiente de habitantes (60. 000. para nombrar un diputado a las Cortes; en.
tonces ya Nicoya como partido. que era, se agregó al de Costa Rica junto con los pueblos de Santa Cruz y Guanacaste. con este último nombre se denominaba lo que es hoy la ciudad de Liberia. De esta ma.
nera Costa Rica y Nicoya, formaron un solo bloc político, y nombraron sus repre.
sentantes; uno para las Cortes, y otro para la diputación provincial, que tenía su asien.
to en León de Nicaragua. Este documento es propiedad de la Biblioteca electronica Scriptorium de la Universidad Nacional, Costa Rica