Imperialism

REPERTORIO AMERICANO 311 porque el Canal como obra de pura explotación imperialista es el dominic extendido sobre una porción geográfica enorme, La faja resulta con el tiempo, pequeña y necesita más extensión. Para esto son los tratados periódicos formulados por el Departamento de Estado. El panameño siente la expansión, porque se realiza ostensiblemente, porque es dura y opresiva. El imperialismo no encuentra que a un lado y otro del Canal exista ninguna fuerza capaz de contenerlo. Pero en apariencia quiere hacer ver que sí reconoce una fuerza de nación pequeña. Es simple apariencia. Ni siquiera cumple el tratado que le dió la propiedad de la faja canalera. El panameño le señala las violaciones y lo acusa de rapaz. Le opone igualmente una fuerza moral grande.
Este poder moral es el que no ha podido e: imperialismo yanqui matar en el panameño. Se sorprende de que aquello no sea todavía la factoría. Pero es que el panameño no está ciego ni perdido, Innensa como es la penetración imperialista no ha podido borrar obstáculos en Panamá.
Es claro que existe allí la casta de políticos que para vivir en disfrute del mando tiene que ser sumisa al Departamento de Estado y acuerda darle por medio de tratados cuantas ventajas exija. Pero no tiene esa casta todavía el poder suficiente para imponer las entregas que pacta. El espíritu de deliberación es fuerte en este país y organiza luchas que contienen atropellos.
La de hoy contra el inicuo tratado Hay Bunau Varilla es digna de atención y de apoyo por parte de los paises de nuestra América.
No hay que suponer que los Estados Unidos están esperando la ocasión para abandonar lo que tienen conquistado len Panamá Pero la denuncia y la acusación ayudan al panameño a defenderse de la iniquidad imperialista. Contra el tratado Hay Bunau Varilla piden que se alce voz de combate. Pues a alzarla colectivamente. Lo que el panameño gane clamando contra ese tratado no será sólo para su bien, sino para el de todos estos pueblos. Cuanta mayor soberanía tenga Panamá, mayor será su defensa y su poder de lucha. el imperialismo necesita mucha fuerza combativa opuesta por los países que él avasalla. Sin esa fuerza no será contenido. Panamá está dando el ejemplo de una nación que no quiere convertirse en factoría yanqui. Es ejemplo consolador en esta hora de agresivo avance imperialista. Con Panamá deben estar los que sientan que el imperialismo yanqui es espantosa calamidad de la cual es urgente librarse a tiempo.
Un esfuerzo más en esta lucha a que tiene sometidos a nuestros países la invasión capitalista yanqui. No lo malogremos y ofrezcamos al panameño de honor nuestra solidaridad.
La pide que Panamá declare.
de la mezquina anualidad de la Zona del Canal convenida en el Tratado de 1903; 10. Que en Derecho Internacional, como en Derecho priavdo, la falta de qumplimiento de los tratados de prestaciones sucesivas y de los contratos, es causa de rescición, maxime cuando se trata de convenciones viciadas de nulidad, como el Tratado HayBunau Varilla o Tratado del Canal que se impuso a Panamá sin su libre consentimiento; 11. Que el representante diplomático de Panamá en Washington acaba de declarar, después de entrevistars, con el Presidente Roosevelt, que Panamá quiere librar.
se del Tratado de 1903 porque es injusto, comparando la actitud de Panamá con la de Alemania, Frente al Tratado de Versalles que ha repudiado oficialntente; y agregando que no se ha podido llegar a acuerdo sobre las cuestiones vitales para Panamá; 12. Que los Estados Unidos continúan violando el Tratado de 1903, sin dar señales de enmienda, llegándose ya hasta a poner en venta licores y mercancias no autorizadas dentro de la Zona; 13. Que la situación de Panamá es ya insostenible, pues se le desconocen todos sus derechos y se le arrebatan sus atributos esenciales, colocándosele en una situación de abatimiento y humillación que excluye la posibilidad de que tal situación pueda ser peor; Resuelve: 10. Excitar al Poder Ejecutivo para que, revistiéndose de todo el fervor patriótico que exigen las solemnes circunstancias que nos rodean, proclame ante la faz del mundo la inexistencia del Tratado del Canal o Tratado Hay Buanu Varilla, firmado el 18 de noviembre de 1903, que se declara rescindido en vista de las múltiples y recientes violaciones de ese pacto, por parte de los Estados Unidos; Hacer un llamamiento a la ciudadanía, especialmente a las gucursales de esta Sociedad en todas las Provincias y a las entidades patrióticas restaptes, para que acuerpen esta patriótica actitud del Poder Ejecutivo y le ofrezcan todo el apoyo que se juzgue necesario; 3º. Recomendar al Poder Ejecutivo que Se envien representaciones a todos los Es tados hermanos de América y a los principales países de Europa, para que expliquen a los Gobiernos y a los pueblos, los graves motivos que ha tenido la República de Panama para dar un paso tan trascendental; 4º. Recomendar al Poder Ejecutivo que se retiren los comisionados panameños de Washington y que se invite al Gobierno de los Estados Unidos a que envie a Panamá una delegación de plenipotenciarios para celebrar un nuevo Tratado que regule de manera total y en forma fusta nuestras relaciones con la potencia del Norte con mo.
tivo del Canal de Panamá, quedando las relaciones entre los dos países, mientras se negocia el nuevo pacto, sometidas a los principios y las reglas del Derecho Internacional.
Dado en Panamá, a los 26 días del mes de abril de 1935.
El Presidente, Rivera Reyes.
El primer vicepresidente, Manuel Roy El segundo vicepresidente, Melo.
El tesorero, Cecilio Moreno.
El secretario, Juan Arosemena Viene de la página anterior)
so para un nuevo Tratado, los avances realizados, en que se ha llegado a acuerdos particulares, quedan sujetos al acuerdo general que se persigue. pero cada una de las dos partes invoca necesidades, intereses y derechos que se hallan en conflicto con las necesidades, intereses y derechos que invoca la otra parte. que ellos se esfuerzan por asegurar para Panamá lo más esencial de las ventajas y beneficios a que tiene de recho por razón de su posición geográfica y que tienda a realzar su condición de Estado independiente y soberano y a acrecentar su prestigio internacional. sin comprometer la posición legal de Panamá, pues sostenemos ahora y sostendremos siempre los puntos de vista que la República de Panamá ha venido sosteniendo desde 1904.
80. Que los Estados Unidos han venido violando repetidamente el Tratado del Canal que Panama viene soportando con protestas desde 1904, violaciones que han culm, nado con la negativa del derecho de libre tránsito por las vías de la zona, que dicho Tratado reconoce a los panameños (Art.
VI. negativa del derecho de Panamá a establecer aduanas y resguardos en los puertos de la Zona (Art. IX. negativa de los Estados Unidos a convocar la Comisión Mixta que dirima los reclamos pendientes contra dicno país por daños causados con motivo del Canal y sus obras auxiliares (Art.
XI. y sobretodo, doble negativa a cumplir la obligación de los Estados Unidos de pagar la anualidad del Canal en monedas de oro (Art. XIV. Que los Estados Unidos están dolosamente en mora de dos años en el pago regule, en forma justa, las relaciones de los Estados Unidos con la República de Panama con motivo de la construcción del Ca.
nal en territorio panameño, no habiéndose obtenido ningún resultado satisfactorio de bido a que los Estados Unidos sobreponen siempre los intereses del Canal y de los Estados Unidos a los derechos vitales de la débil y pequeña República de Panamá; 5º. Que en el proyecto de Tratado de 1926, que rechazó la Aamblea Nacional de Panama, se estipulaba que Ninguna parte del Tratado que se negocia ahora, debe entenderse en el sentido de que disminuye, restringe, modifica o lesiona los derechos adquiridos por los Estados Unidos en el Tratado de 1903. tesis egoísta que sostuvo el Secretario de Estado de los Estados Unidos, Mr. Hughes, al expresar que su país estaba dispuesto a oír las sugestiones de Panamá tendientes a fomentar su prosperidad, mediante el no ejercicio de los derechos acor dados en el Tratado de 1903, derechos que, si embargo, reservaba los Estados Unidos en vista de posibles exigencias del futuro. Que la Aamblea Nacional de Panamá, por resolución Nº 3, de 21 de enero de 1927, condenó oficialmente al negociador por Panam del Tratado del Canal, el ciudadano francés Philippe Bunau Varilla, director y primer acconista de la Compañía francesa del Canal, encomendando su nombre al escarnio de los panameños y su persona a la execración y desprecio de la posteridad: 7º. Que según declaraciones del 27 de marzo tiltimo, de los comisionados paname.
ños encargados de las negociaciones en curse Este documento es propiedad de la Biblioteca electronica Scriptorium de la Universidad Nacional, Costa Rica