REPERTORIO AMERICANO 67 Quiere Ud. buena Cerveza. Selecta Tome pe a intentar otra conquista integral. Así le veremos abalanzarse una y otra vez sobre el tema que tiene ante su vista mental. Pero cuando acierta, tiene la garra y la visión del águila; vedle desde el primer momento, apoderarse de un zarpazo infalible del propio corazón del problema, y darle la solución grande, la definitiva, la ibérica en fin: en el prospecto mismo de la Liga Internacional, Alberdi escribe estas palabras soberbias. La guerra es la justicia que se hace cada uno a falta de una justicia del mundo. La justicia del mundo falta porque el mundo carece de unidad, y no forma todavía un cuerpo de sociedad internacional. Luego el medio de abolir la guera es ayudar a la consolidación del mundo en un Estado de Estados, sociedad de sociedades, nación de naciones, como una especie de entidad común que haga la justicia que hoy se hace cada uno por la guerra.
No hay nada más agradable ni más delicioso.
Es un producto Traube Hay guerra justa?
a Al aceptar en bloque la voluntaria misión de escribir un tratado sobre el crimen de la guerra. Alberdi se pronuncia de antemano y juzga sin oír el proceso: la guerra es un crimen. Cuáles son sus razones? Sus razones vienen desde luego después y sólo como auxiliares retardatarios de su generosa conclusión a priori. Esta situación lógicamente falsa se refleja a cada momento en la dialéctica alberdiana. No hay guerra justa. nos proclama impulsivamente. He aquí sus propias palabras. La palabra guerra justa envuelve un contrasentido salvaje; es lo mismo que decir crimen justo, crimen santo, crimen legal. No puede haber guerra justa porque no hay guerra juiciosa. La guera es la pérdida temporal del juicio. Es la enajenación mental, especie de locura o monomanía, más o menos crítica o transitoria. Al menos es un hecho que en estado de guerra, nada hacen los hombres que no sea una locura; nada que no sea malo, feo, indigno del hombre bueno. través de toda su argumentación, refluye la inspiración cristiana que impone a la vida internacional una ley moral superior. La moral cristiana es la moral de la civilización actual por excelencia; o al menos no hay moral civilizada que no coincida con ella en su incompatibilidad absoluta con la guerra. El cristianismo como la ley fundamental de la sociedad moderna es la abolición de la guerra, o mejor dicho, su condenación como un crimen.
Hallamos pues aquí la plena coincidencia con su antepasado espiritual Vitoria, cuya obra entera se eleva sobre dos axiomas: ley moral y cristianismo. Pero para Alberdi la incompatibilidad de la guerra con el cristianismo parece más radical y absoluta que para Vitoria. Su oposición a la guerra se funda por lo menos en tres ideas distintas: La primera es la postura del evangelio: el día que Cristo ha dicho: presentad la otra mejilla al que os dé una bofetada la victoria ha cam biado de naturaleza y de asiento, la gloria humana ha cambiado de principio. Postura integral, idéntica a la de los cristianos primitivos que San Agustín y Santo Tomás, los maestros de Vitoria, vinieron a modificar. La segunda es un horror a la guerra en si considerada como un asesinato en grande, idea sobre la cual vuelve constantemente y que va expresada con suprema energía en el párrafo arriba citado negando la guerra justa. La tercera es una posición crítica que cierra la puerta a la única salida que hacia la guerra habia dejado abierta Vitoria. Cuál es en efecto la tesis vitoriana? Como Alberdi, y con igual claridad y energía, rechaza la gloria, el aumento territorial y la predicación de la fe (hoy diríamos el desarrollo de la civilización) como causas legitimas de guerra; pero, con San Agustín y Santo Tomás, mantiene el derecho a la guerra para vengar una injuria. es decir, una violación del derecho, caso en el que va incluido el de legitima defensa. Qué dice a esto nuestro fogoso Alberdi?
Primero, apunta infaliblemente al nudo del problema, con el que lucharon en vano los canonistas españoles, tanto Vitoria como Suarez. Oigamos su propia voz: Considerado el derecho de la guerra como la justicia penal del crimen de la guerra; admitido que la guerra puede ser un derecho como puede ser un crimen, así como el homicidio es un acto de justicia o es un crimen, según que lo ejecuta el juez o el asesino. cuál es el juez encargado de discernir el caso en que la guerra es un derecho y no un crimen. Quién es ese juez? más adelante, con esa nitidez verbal que le es característica, Alberdi añade: No basta ser juez para ser justo, ni basta ser soberano, es decir, tener el derecho de castigar, para que el castigo deje de ser un crimen si es injusto.
Hasta aquí, objeción de procedimeinto, insolubre, pero sólo en la práctica de sus días, teórica e históricamente soluble, como el propio Alberdi lo ha de afirmar. Pero todavía queda por consignar su objeción contra la legitima defensa: La guerra no puede tener más que un fundamento legítimo y es el derecho de defender la propia existencia. En este sentido, el derecho de matar se funda en el derecho de vivir, y sólo en defensa de la vida se puede quitar la vida. Concedido esto, Alberdi pasa en seguida a retirar en la práctica la concesión que en la teoría acaba de hacer: El derecho de defensa es muy legitimo, sin duda; pero tiene el inconveniente de confundirse con el derecho de ofensa, siendo imposible que el interés propio no crea de buena fe que se defiende cuando en realidad se ofende. Esta objeción en último término, se reduce a la anterior. Quién garantiza la imparcialidad del juez?
Ya Suárez, al reducir, como Vitoria, el derecho de guerra al castigo de una violación de derecho, había señalado que el príncipe que hace la guerra es juez per accidens del príncipe a quien se la hace. por lo tanto, los canonistas españoles regulan de un modo severísimo tanto el derecho de hacer la guerra como el modo de hacerla, con este criterio que identifica al príncipe que hace guerra justa con el juez de su agresor. Este criterio tenia que ser para ellos eficaz, puesto que postulaban un principio cristiano, dotado de una conciencia estricta y sensible. Aquí se me permitirá una digresión. Vengo sosteniendo la profunda coincidencia de actitud mental y moral entre Vitoria y Alberdi, coincidencia obtenida, no por transmisión intelectual, que hemos visto inexistente, sino por una identidad espiritual espontánea debida al origen común. Se inserta aquí de suyo una prueba elocuente de esta coincidencia espontánea, que encuentro en la excelente monografía dedicada Vitoria por el Profesor Barcia Trelles. Este estudioso americanista estima que Vitoria es el padre de lo que hoy se llama Derecho Internacional Americano, y estoy de pleno acuerdo con él, con lo cual no se quiere decir que las ideas que al Derecho Internacional Americano distinguen hayan ido a buscarse en las Relecciones del Maestro Salmantino, sino algo más profundo, más elocuente y más vivo como es que los juristas americanos, al bucear en su propio ser en busca de las ideas matrices para su Derecho, han ido a dar a la misma fuente de inspiración ibérica que alumbró al Padre Vitoria.
Teniendo esto en cuenta, volvamos al juez per accidens. Entre las condiciones que Vitoria impone al principe victorioso en guerra justa, para que la guerra que nació justa no degenere en crimen, está la de no hacer nad por derecho de conquista. El juez, aunque parte, ha de ser justo. Alberdi nos dice: Es demasiado pedir a la naturaleza humana.
Pero hubo un país que supo dar razón a Vitoria contra Alberdi, y fué el propio país de Alberdi. La Argentina, victoriosa del Paraguay, proclamó vitorianamente que la conquista no da derechos y supo atenerse a este admirable principio. Qué mejor ejemplo de coincidencia espiritual y espontánea entre el ibérico de la Salamanca del siglo xvi y los ibéricos de la Buenos Aires del siglo xix?
Alberdi, no obstante, se inclina a una opinión más pesimista de la naturaleza humana, y quizá, vista la escasez de imitadores que el noble gesto argentino ha tenido hasta ahora, aun en el Continente americano, quizá no le falte razón. Rechaza pues toda posibilidad de que el juez que es parte garantice debidamente la justicia de la guerra. entonces. qué queda? Queda el paso que los canonistas no dieron, que dió por vez primera Alberico Gentile y que Alberti da con sin igual gallardía mental. Queda, como él dice en un lenguaje atrevido y tan nuevo como la idea misma que encarna, la sociedad mundo, el pueblo mundo, la nación de naciones, la sociedad de sociedades, lo que un día llamé yo en Ginebra la patria de las patrias: Patria Patriarum. Concluirá en la próxima entrega. Este documento es propiedad de la Biblioteca electronica Scriptorium de la Universidad Nacional, Costa Rica