REPERTORIO AMERICANO PUBLICADO QUINCENALMENTE POR GARCIA MONGE y Cía. EDITORES VOL. II NO Petőre.
SAN JOSÉ DE COSTA RICA, MIÉRCOLES 19 DE AGOSTO DE 1920 72 Los artículos y XXI del pacto de la Liga de las Naciones UNA NUEVA SITUACION EN EL DERECHO INTERNACIONAL AMERICANO EYENDO con detenimiento el pacto es el que ha promovido discusiones petar la independencia y la integridad en que está descripto el objeto de miás ardientes en el senado americano, territorial de las demás paciones amela liga de las naciones y se exponer de las cuales ha resultado que si los ricanas. Dados los precedentes, antilas reglas de su funcionamiento, es de Estados Unidos entran a formar parte guos algunos y otros de reciente data, notar que los artículos XXI y han de la liga no será sido después de ha que han sentado algunos gobernantes creado, para las repúblicas americanas, ber obtenido, por lo que hace a ellos, de los Estados Unidos, la posición de en presencia de las reservas formuladas la reforma o abrogación absoluta de las naciones americanas situadas al.
por los Estados Unidos, una situación ese artículo. Por un lado, pues, los sur de Río Grande es extremadamente preñada de graves consecuencias. estados de la liga aceptan expresamen precaria, si se admite a los Estados El artículo XXI del pacto equivale a te la doctrina Monroe en todas las po Unidos en la liga de las naciones con un reconocimiento explícito de la lla sibles: extensiones e interpretaciones las reservas propuestas, después de mada doctrina Monroe, cuyo alcance que pueda dársele a esa declaración que dichas repúblicas hayan firmado y objeto nunca han sido fijados en unilateral, y por otro relevan a los Es el pacto sin limitaciones pingupas.
términos precisos. Aunque en la apa tados Unidos de la obligación de res Puede decirse que tal situación exisriencia esa doctrina presume de ser una te de hecho por la diferencia de fuergarantía de la independencia de las za y de recursos que media entre las naciones americanas, ella en rigor li.
naciones del sur y la Unión norteame.
mita, su independencia. Los Estados ricana. El hecho, sin embargo, puede Unidos, según la doctrina Monroe, con el tiempo alterarse, y el hecho no ano podrían dejar de mirar cualquiera crea en este caso derechos ningunos; intervención de los poderes europeos en tanto que la aceptación del princi.
con la mira de oprimir a las nuevas pio monroico, con la entrada de las repúblicas o señorear sus destinos en naciones latino americanas en la liga cualquiera otra forma, como una made las naciones sin reservas de pingún nifestación poco amigablen. Dando por género, crea claramente una bueva sentado que esto es un beneficio, las situación y un nuevo principio en el naciones favorecidas no deben acepderecho internacional americano. No tarlo a título gratuito. En los pactos puede tampoco sostenerse que como internacionales se sigue, como en los las naciones americanas del sur pue.
contratos entre individuos, la noción den retirarse de la liga con ciertas humana de que niogún servicio debe formalidades, les bastará retirarse para prestarse en mera calidad de favor; que desaparezca la situación, creada por lo tanto, si las naciones america. por el asentimiento dado por ellas al nas aceptan la doctrina Monroe como pacto tal como hoy existe y como un principio tutelar de su soberanía, existirá si se acepta el ingreso de los sin ofrecer a un mismo tiempo serviEstados Unidos con las reservas procios en compensación, se colocan en puestas, porque en este caso especial. una posición de inferioridad, la misma se han creado derechos y se han acep.
posición en que se halla el individuo tado principios. Francia puede reti.
obligado por servicios o atenciones a rarse de la liga de las naciones, por los cuales no puede corresponder. No ejemplo, pero no puede ya retirar su puede argüirse que, justamente, en el reconocimiento explícito de la doc.
pacto de la liga de las naciones alos trina Monroe, porque ese reconoci: socios de ella se comprometen a respe.
ALBERTO URETA miento ha engendrado un derecho, tar y defender contra agresión externa la integridad territorial y la indepenCelebrado poeta peruano, de quien EL CONy porque los Estados Unidos han Vivio en sus edicioues, acaba de hacer un preaceptado ciertas obligaciones en cambio dencia política de todos los socios de cioso Florilegio. Véase una muestra en este de que se les reconozca tal derecho.
la ligav, porque ese artículo especial REPERTORIO, tomada de «Rumor de Almas. En una alternativa más seria que Este documento es propiedad de la Biblioteca electronica Scriptorium de la Universidad Nacional, Costa Rica