var solemnidades externas para sor válidos, guirse para hacer efectivo en la práctica como los de hipoteca y donación, por ejem ese principio, sin que sea lícito destruir, plo. Asi lo ha resuelto en varias ejecutorias con el pretexto de un procedimiento, una nuestro Tribunal Superior.
ley fundamental.
Es verdad que el art. 2, 947 del Código Por tal razón, en caso de que el citado Civil establece que el arrendamiento debe artículo del Código de Procedimientos inconstar por escrito ouando la renta rase de vadiese la órbita del Civil, los Jueces no cien pesos anuales, pero tambien lo es que deben respetarlo, y deben admitir las proel 1679 preceptúa que la ratificación y elmociones de lanzainiento que se presenten oumplimiento voluntario de una obliga sin contrato, siempre que éste se pruebe ción nula por falta de forma o solemnidad, por alguno de los medios legales. De esta en cualquiera tiempo en que se hagan, ex manera se cumplirá con la ley y se evitatinguen la acción de nulidad; excoptuándo rá el perjuicio que hasta ahora se ha ocade los casos en que la ley expresamente sionado multitud de propietarios de esta dispone lo contrario.
Capital, Cuando dos personas celebran verbalmonte un contrato de arrendamiento, es1 tipulando un precio mayor de cien pesos El Juez Patiño Suárez se defiende.
anuales, por más que se pongan de acuerdo en las modalidades y condiciones especiales del contrato, éste no existe y por lo tanto no tiene valor alguno ni produce ninEn prueba de imparcialidad publicamos gún efecto; pero si despues de convenir en continuación una carta que nos ha enlos términos y condiciones del contrato, el viado el Sr. Lic. Manuel Patiño Suarez.
arrendador entrega la cosa arrendada y el Dice la carta: arrendatario paga la renta que se estipuló. México, Agosto de 900.
ese contrato es válido y surte todos sus Sexores Directores de «Regeneración.
efectos legales, porque no está penado exPresente, prosamente de nulidad por la ley Civil por Muy Señores mios: la falta de la formalidad oxterna.
En el periódico del nombre expresado Si el contrato surte todos sus efectos leque comienzan Uds. editar, se refieren gales, si hay obligaciones reciprocas entre en un párrafo mi persona, asentando que los contratantes, debe admitirse la demanda de lazamiento que rechazan los Jueces. yo propuse varios jueces, el que se forEstos basan sus resoluciones en ol azt. 963 mulaso una protesta contra la Suprema cta lo del Cidigo de Procedimientos Civi Corte, con motivo de haber hecho dicha les. En efecto, ese artículo dico que debe Corte consignacion del Juez 1º Correcciopresentarse el documento en que conste el nal por el asunto Diez do Bonilla.
arrendamiento, cuando fuere nocesario para Sencillamente no es verdad que yo prola validez del contrato conforine la ley; pusicra tal protesta y de seguro han sido pero debe interpretarse ese artículo sensa Uds, mal informados, pues en la reunion tamente y no tomarlo tal y como está re que tuve con algunos jueces, se habló y dactado. Si la ley substantiva releva de la hablé yo de puntos legales que de ningun nulidad los contratos que se verifican sin modo significaban antagonismo lo rellenarse las formalidades externas, la ley suelto por la Corte Suprema.
adjetiva debo reconocer también ese princi Agradeciéndoles anticipadamente que pio y respetarlo, y por tanto, los Jueces de publiquon en su periódico estas líneas, soy ben respetarlo también, y no hacer que im su atento y pere el Código de Procedimientos Civiles PATIÑO.
sobre el Código Civil. Este consagra el prinQueda servido el Sr. Patiño Suarez; pocipio y aquel indica el camino que dobe se ro no sabemos que cuando la Suprema